Andina

Eliminan aplicación de cuotas de hidrocarburos en Madre de Dios

Osinergmin deberá informar al MEM sobre el consumo de combustibles en la región

Tras el restablecimiento del principio de autoridad del Estado en la región Madre de Dios, gracias a la operación Mercurio 2019, el Ejecutivo dispuso la eliminación de las cuotas de hidrocarburos (diésel y gasolina).

Tras el restablecimiento del principio de autoridad del Estado en la región Madre de Dios, gracias a la operación Mercurio 2019, el Ejecutivo dispuso la eliminación de las cuotas de hidrocarburos (diésel y gasolina).

15:51 | Lima, abr. 10.

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) dispuso la eliminación de las cuotas de hidrocarburos (diésel y gasolina) en la región de Madre de Dios, tras el restablecimiento del principio de autoridad del Estado gracias a la operación Mercurio 2019.

La referida intervención multisectorial en La Pampa también permitió la recuperación de más de 13,000 hectáreas de terreno en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata.

Las cuotas de hidrocarburos, implementadas en el Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, tenían como objetivo limitar y evitar el desvío de combustibles a las actividades que directa o indirectamente pudieran ser utilizadas en la minería ilegal.

La medida aplicaba para los establecimientos de venta al público de combustibles, consumidores directos y consumidores menores.

La eliminación de este sistema fue aprobado mediante el Decreto Supremo 010-2019-EM, publicado en el diario El Peruano, que explica que la decisión se debe a los resultados obtenidos por el Plan de Operaciones Mercurio 2019, que ha conseguido, hasta el momento, el resultado deseado en la erradicación de la minería ilegal en la zona denominada La Pampa.

Impacto


El referido plan de operaciones tiene el mismo fin que la aplicación de las cuotas de hidrocarburos; es decir, proteger el derecho a gozar de un adecuado medioambiente reduciendo las actividades de minería ilegal, sin generar un impacto negativo sobre las actividades económicas que se desarrollan en Madre de Dios.

En paralelo a los dispuesto se ordenó que, en adelante, el Osinergmin deberá remitir al MEM, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, la información del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP) de los últimos doce meses sobre las operaciones de hidrocarburos.

Deberá ser por cada establecimiento de venta al público de combustibles, consumidor directo y consumidor menor ubicados en las zonas geográficas sujetas al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, así como en los departamentos de Cusco y Puno. 

La finalidad de esta disposición es que el MEM cuente con información actual sobre el consumo de combustibles en Madre de Dios y zonas aledañas, que permita evaluar su evolución e implementar nuevas medidas de control, de ser el caso.

Esta información, a su vez, será remitida a las demás autoridades para que dentro de sus respectivas competencias tomen las acciones que correspondan.

La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; el jefe del Gabinete Ministerial, Salvador del Solar; el ministro de Energía y Minas, Francisco Ísmodes, y el titular de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.

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(FIN) NDP/JOT

Publicado: 10/4/2019