Elecciones 2026: JNE explica en qué casos puede haber recuento de votos

Se empleará por primera vez este 2026 para resolver actas observadas

ANDINA

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14:18 | Lima, abr. 19.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aclaró dudas con respecto al recuento de votos, mecanismo que se empleará por primera vez en estas elecciones generales 2026 y que, remarcan, solo aplica en casos puntuales. Conoce cuáles son.


El ente electoral explicó que el recuento de votos es un procedimiento excepcional que se da a partir de la existencia de un acta observada por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), con la finalidad de preservar la voluntad popular expresada en las urnas.

Asimismo, indicaron que la base legal de este procedimiento es la Ley Orgánica de Elecciones; la Ley 32299, que la modifica; y el Reglamento de Recuento de Votos.

¿Cómo era antes?


En anteriores procesos electorales, cuando un acta tenía errores materiales, la norma establecía que no se revisaban los votos físicos. Cabe recordar, además, que las cédulas de votación eran destruidas tras el escrutinio.

Es así que, en caso de errores materiales, las ODPE enviaban las actas observadas a los Jurados Electorales Especiales (JEE).

Estos últimos resolvían dichas situaciones empleando las actas de las ODPE, ONPE, JNE y su propio ejemplar.

"Si no se podía subsanar, el acta se anulaba. No existía en la normativa el recuento de votos", explica el JNE.

Con la publicación de la Ley 32299, se habilita el recuento de votos. Esta norma dispone que dicho procedimiento es realizado por los JEE en casos específicos.


¿En qué casos se puede pedir recuento de votos?


El JNE explicó que las actas observadas por las ODPE son enviadas a los JEE, el cual evalúa si se puede subsanar el acta con su copia o ejemplar (cotejo).

De no ser posible, se dispone el recuento de votos. "El recuento se realiza por única vez y lo decide el JEE", señala la entidad.

Estas son las razones por las que un acta puede ser observada:

- Por falta de firmas de los miembros de mesa
- Por ilegibilidad de los datos consignados
- Por falta de datos o encontrarse incompletas
- Por errores aritméticos (sumatorias)

No va a retrasar los resultados


El JNE precisó también que el recuento de votos no alterará el tiempo en que se darán los resultados oficiales de las elecciones, pues se ha previsto que este se realice dentro de los plazos del proceso electoral y antes de la proclamación de resultados.

Finalmente, el organismo electoral invitó a la ciudadanía a informarse a través de canales oficiales y a visitar la página JNE Fact Checking.

(FIN) MCA


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Publicado: 19/4/2026