Elecciones 2026: exhortan a partidos a no esperar última hora para solicitar inscripción

ANDINA/Difusión

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17:30 | Lima, dic. 19.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) exhortó a las organizaciones políticas habilitadas para participar en las elecciones generales 2026 a no esperar el último momento para presentar sus solicitudes de inscripción de candidatos correspondientes a dicho proceso electoral.

El máximo organismo electoral recordó que el plazo para presentar las solicitudes de inscripción de las fórmulas presidenciales y listas de candidatos al Senado, a la Cámara de Diputados y al Parlamento Andino vence este martes 23 de diciembre, a las 23:59:59 horas.

Las solicitudes pueden presentarse de manera física o virtual. En el caso de la modalidad virtual, el envío debe realizarse a través del Sistema de Gestión de Trámites para Personeros (Declara+) hasta las 12:00 horas del 24 de diciembre de 2025, siempre que el personero legal haya ingresado al sistema con su usuario y clave e iniciado el registro de la información como máximo hasta el 23 de diciembre a las 23:59:59 horas.

Para esta modalidad, el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026, aprobado en abril por el Pleno del JNE, precisa que es indispensable que el personero legal permanezca en el sistema de manera ininterrumpida hasta realizar el envío de la solicitud.

El sistema Declara+ permite el registro de solicitudes de inscripción de candidaturas, declaraciones juradas de hoja de vida, planes de gobierno, registro de personeros, así como la presentación de escritos, apelaciones y solicitudes ante los Jurados Electorales Especiales (JEE), entre otros trámites.

Se trata de una plataforma en línea que integra tres sistemas utilizados en procesos electorales anteriores, lo que contribuye a que los procedimientos sean más claros, simples y ágiles, además de permitir un seguimiento transparente de cada trámite.

En cuanto a la presentación física, esta se realiza a través de la mesa de partes presencial del Jurado Electoral Especial correspondiente, y la documentación debe contener la firma manuscrita del personero legal.

El JNE precisó que la competencia para el trámite de inscripción de fórmulas y listas de candidatos corresponde a cada Jurado Electoral Especial, como órgano de primera instancia, conforme a la resolución que establece su competencia material.

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Publicado: 19/12/2025