El Gobierno dispuso medidas laborales con la finalidad de asegurar la participación ciudadana en la segunda vuelta presidencial, a realizarse el próximo domingo 7 de junio.
Entre las medidas a favor de los trabajadores del sector público y privado que se desempeñen como miembros de mesa (que fueron designados o seleccionados entre los electores), recibirán un día de descanso remunerado compensable, a gozarse el lunes 8 de junio del 2026.
Señala, asimismo, que las horas dejadas de laborar durante el día de descanso remunerado compensable se resarcen en los 10 días calendario inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el empleador del sector público o privado, según el caso, en función de sus necesidades.
Refiere, además, que el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) acredita la participación del ciudadano como miembro de mesa para efectos de las medidas señaladas previamente.
Compensación
De igual modo, el dispositivo precisa que los trabajadores del sector público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, que participen en las elecciones generales (siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto), están facultados a no laborar el viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio del 2026, lo cual está sujeto a compensación.
En tanto, aquellos trabajadores del sector público y privado cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de los comicios tendrán derecho a periodos de tolerancia sujetos a compensación, al inicio o durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto.
Mientras que en el caso de que actúen como miembros de mesa están facultados a no laborar, lo cual se encuentra sujeto a compensación.