Elecciones 2026: designan a más de 19,000 miembros de mesa en Trujillo, Julcán y Virú

un total de 626,174 electores podrán participar de los comicios el próximo 12 de abril

Los ciudadanos designados que no asistan a la instalación de la mesa de votación serán sancionados con una multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), monto que asciende a S/ 275.

Los ciudadanos designados que no asistan a la instalación de la mesa de votación serán sancionados con una multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), monto que asciende a S/ 275.

17:32 | Trujillo, feb. 1.

Un total de 19,014 ciudadanos fueron seleccionados mediante sorteo para cumplir funciones como miembros de mesa en las 2,113 mesas de sufragio que se instalarán en 14 distritos de las provincias de Trujillo, Julcán y Virú, en la región La Libertad, para las Elecciones Generales 2026, programadas para el domingo 12 de abril.

En estas jurisdicciones, 626,174 electores podrán ejercer su derecho al voto en los comicios.

La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) en Trujillo precisó que el sorteo permitió designar a ciudadanos que asumirán los cargos de presidente, secretario, tercer miembro y suplentes, conforme a lo establecido en la Ley N.º 32231, con el objetivo de garantizar la correcta y oportuna instalación de las mesas de votación.


En su ámbito de competencia, la ODPE Trujillo administrará el proceso electoral en los distritos de Trujillo, Huanchaco, Laredo, Simbal, Poroto, Julcán, Calamarca, Carabamba y Huaso, donde se instalarán 1,446 mesas de sufragio en 103 locales de votación, destinadas a 428,696 electores.

Por su parte, la ODPE de Víctor Larco designó a 6,000 ciudadanos para dirigir 667 mesas de sufragio en los distritos de Víctor Larco, Moche, Salaverry, Virú, Chao y Guadalupito, jurisdicción en la que sufragarán 197,478 electores.


Tachas y observaciones

Tras el sorteo, las ODPE iniciaron la publicación provisional de la lista de miembros de mesa en lugares de alta concurrencia, a fin de que los ciudadanos o personeros puedan presentar las tachas correspondientes. Estas deberán ser formuladas dentro de los tres días hábiles posteriores a la publicación, conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) y contar con sustento documentado para su evaluación por el Jurado Electoral Especial.

La normativa electoral establece que no pueden ser miembros de mesa los candidatos, personeros, autoridades políticas, funcionarios de los organismos electorales ni dirigentes de organizaciones políticas inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros impedimentos.

Incentivos y sanciones

Los ciudadanos que cumplan efectivamente la función de miembro de mesa recibirán un incentivo económico de S/165. Asimismo, quienes completen su capacitación tendrán derecho a un día de descanso remunerado no compensable, aplicable a trabajadores del sector público y privado, el cual podrá ser utilizado dentro de los 90 días posteriores a la jornada electoral.

En tanto, los ciudadanos designados que no asistan a la instalación de la mesa de votación serán sancionados con una multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), monto que asciende a S/ 275.

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(FIN) LPZ/TMC

Publicado: 1/2/2026