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Elecciones 2022: Fiscalía advierte no incurrir en actos que impliquen delitos electorales

Inicia campaña informativa sobre ilícitos que tienen entre 3 y 10 años de cárcel

Foto: ANDINA/difusión.

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13:32 | Lima, set. 22.

La suplantación de votantes, hacer propaganda electoral en momentos indebidos y perturbar, impedir o inducir a no votar son delitos penados con entre tres y diez años de cárcel, advirtió el Ministerio Público.

Dichos ilícitos fueron los que más casos registraron durante los últimos comicios regionales y municipales, efectuados el 2018. Entonces se intervino a 145 personas en 26 distritos fiscales.

En ese sentido, el Ministerio Público señaló que, además de estos delitos, debe evitarse incurrir en acciones que impliquen publicidad para darle sentido al voto, incumplimiento de la ley seca, generar daños o poner resistencia a la autoridad.

Dicha institución ha iniciado la campaña #NoCometasDelitosElectorales, a fin de difundir cuáles son aquellas conductas que deben evitarse durante la jornada electoral del 2 de octubre, por constituir ilícitos que atentan contra la libertad y el derecho al sufragio.

Relación de ilícitos

Así, perturbar o impedir el desarrollo del proceso electoral usando violencia o amenaza es sancionado con pena privativa de la libertad entre tres y diez años. 


Impedir a un elector ejercer su derecho al sufragio, obligarlo a votar en un sentido determinado, inducirlo mediante algún beneficio a que no vote o lo haga en otro sentido, se castiga, a su vez, con penas de entre uno y cuatro años.

Similar sanción se aplica a la suplantación de votantes, votar más de una vez en la misma elección o sufragar sin tener derecho. Asimismo, falsificar o destruir registros electorales, DNI o actas de escrutinio, u ocultar, retener o hacer desaparecer estos documentos para dificultar la elección o falsear su resultado, acarrea pena privativa de la libertad entre dos y ocho años.


Estas penas se aplican también por sustraer, destruir o sustituir ánforas usadas en una elección antes del escrutinio para afectar su resultado o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, informó la Fiscalía.

Idéntico lapso rige para quienes pretendan alterar el resultado de una elección o imposibilitar el escrutinio para afectar los resultados o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política.


(FIN) NDP/FGM/VVS
GRM

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Publicado: 22/9/2022