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Ejecutivo aprueba nuevos montos para compensación económica al personal de salud

Se transfiere S/ 200 millones para financiar esta medida

ANDINA/Difusión

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08:31 | Lima, ene. 29.

El Poder Ejecutivo aprobó los nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la compensación económica que se otorga al personal de la salud y se autorizó la transferencia de 200 millones 203,500 soles a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.

Mediante Decreto Supremo Nº 022-2019-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la aprobación de los nuevos montos de la valorización principal para los profesionales y el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153.

La norma incluye a médicos  cirujanos, cirujanos dentistas, químicos farmacéuticos, obstetras, enfermeros(as), tecnólogos médicos, ingenieros sanitarios, médicos veterinarios, biólogos, psicólogos, nutricionistas, asistentas sociales, químicos, laboratoristas clínicos, fisioterapistas, terapistas ocupacionales, técnicos especializados en rayos X, personal de la salud técnico y auxiliar asistencial.

Asimismo, el decreto supremo autoriza una transferencia de 200 millones 203,500 soles del Ministerio de Salud a favor del Instituto Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, el Ministerio Público, el Instituto Nacional Penitenciario y 25 gobiernos regionales.

Dichos recursos serán para financiar el costo diferencial para el pago de la valorización principal para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial.

Los pliegos habilitados y los montos de la transferencia de partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el anexo “Costo diferencial para el pago de la valorización principal” que forma parte de este decreto supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe).

Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el decreto supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.


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(FIN) CNA

Publicado: 29/1/2019