Andina

Disponen no aplicar salvaguardia provisional sobre las importaciones de confecciones

Comisión Multisectorial determinó que compras de productos no amenaza a industria nacional

Cortesía

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22:33 | Lima, feb. 18.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso no aplicar la medida de salvaguardia provisional sobre las importaciones de confecciones recomendada por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de las Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 002-2021-Mincetur, publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales, en su primera etapa de investigación, el informe del grupo de trabajo del Indecopi no permite acreditar la existencia de pruebas claras de la relación causal que el supuesto aumento de las importaciones habría causado o, amenazado causar, un daño grave sobre la industria peruana de confecciones.


Cabe precisar que el informe Nº 009-2021/CDB-Indecopi recomendó la imposición de medidas de salvaguardia provisionales a las importaciones de confecciones, al considerar que hay indicios de una amenaza de daño grave a la rama de producción nacional de confecciones, como consecuencia del aumento significativo de las importaciones de dicho producto, en términos absolutos y en relación con la producción nacional.

No obstante, la Comisión Multisectorial conformada por representantes de los ministerios de Comercio Exterior y Turismo, de la Producción (Produce) y de Economía y Finanzas (MEF), encargada de evaluar la aplicación de las recomendaciones del Indecopi, concluyó que, en esta etapa de la investigación, el Informe del ente técnico no permite demostrar los requisitos esenciales para la determinación de la salvaguardia provisional sobre las importaciones de confecciones.

La salvaguardia es un mecanismo de protección que los países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC), de la que el Perú forma parte, pueden imponer en sus territorios ante un incremento masivo de las importaciones que causan o amenazan causar un daño grave a la industria nacional, pero para ello se deben cumplir una serie de requisitos.

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(FIN) VLA
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Publicado: 18/2/2021