El colegiado presidido por el magistrado Enrique Aurelio Pardo del Valle, director de debates, e integrado por las juezas Beatriz Elena Ormeño Chirinos y Ninel Milagros Orrillo Vallejos, fijó además la suma de S/ 223 000 por concepto de reparación civil a favor de los agraviados. De dicho monto, S/ 200 000 corresponden a los herederos legales del policía fallecido; S/ 20 000 a favor de los efectivos policiales agraviados; y S/ 3 000 a favor del comerciante.
La Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a través del Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Sede Los Estaños, impuso 30 años de pena privativa de la libertad al ciudadano venezolano Jesús Alberto Chanchamire Ibarra, como coautor de los delitos de homicidio calificado, en agravio de quien en vida fue el suboficial PNP Juan Díaz; homicidio calificado en grado de tentativa, en agravio de otros dos efectivos policiales; y extorsión agravada en grado de tentativa, en agravio de un comerciante.
El colegiado presidido por el magistrado Enrique Aurelio Pardo del Valle, director de debates, e integrado por las juezas Beatriz Elena Ormeño Chirinos y Ninel Milagros Orrillo Vallejos, fijó además la suma de S/ 223 000 por concepto de reparación civil a favor de los agraviados. De dicho monto, S/ 200 000 corresponden a los herederos legales del policía fallecido; S/ 20 000 a favor de los efectivos policiales agraviados; y S/ 3 000 a favor del comerciante.
Cabe señalar que, durante el juicio oral, el sentenciado aceptó los cargos imputados y, por ende, su responsabilidad penal por los hechos delictivos.
Extorsión y persecusión policial
Según la investigación fiscal, aproximadamente a las 21:18 horas, en el distrito de Los Olivos, el sentenciado conducía una motocicleta junto a Romuald Daniel Nochie Sucre (fallecido), luego de participar en actos de extorsión contra el establecimiento “Magic Food. Durante la persecución, el sentenciado conducía la motocicleta y facilitaba la acción de su acompañante, quien efectuó diversos disparos contra el efectivo PNP Juan Carlos Díaz Chapoñan, causándole lesiones que posteriormente provocaron su muerte.

Finalmente, uno de los efectivos policiales logró alcanzar al extranjero, quien fue detenido y conducido a la dependencia policial correspondiente.
En audiencia, el Ministerio Público sustentó como principales elementos de convicción las actas de intervención policial; el acta de hallazgo y recojo de las especies abandonadas; las declaraciones de los agraviados y de los efectivos policiales intervinientes; el protocolo de necropsia; las imágenes obtenidas de las cámaras de seguridad; la pericia de balística forense; la información obtenida del teléfono celular del sentenciado; entre otros elementos probatorios.
Chanchamire Ibarra cumplirá su condena hasta el 12 de agosto de 2055 en un establecimiento penitenciario del país.
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(FIN) NDP/KGR
JRA
Publicado: 9/9/2026