Andina

Desde 01 de julio estará prohibido en Perú uso del asbesto anfíboles por ser cancerígeno

Compuesto se halla en las minas, pero también está presente en tanques de agua y tejas, entre otros

14:06 | Lima, feb. 09 (ANDINA).

A partir del 01 de julio de este año estará prohibida en todo el Perú la posesión, elaboración, exportación, importación y distribución del asbesto anfíboles por considerar a este compuesto como cancerígeno, según dispone una ley publicada hoy por el Congreso de la República en el diario oficial El Peruano.

De acuerdo con la norma, la prohibición alcanza a todas las variedades de este tipo de asbesto: crocidolita, amosita, actinolita, antofilita y tremolita, así como de las variedades de fibras o productos que contengan asbesto anfíboles.

La ley indica que el reglamento próximo a emitirse establecerá los procesos de remoción, transporte y uso final de este material. El asbesto es una fibra de silicato mineral perteneciente al grupo de rocas metamórficas.

Regulan asbesto crisolito

Asimismo, la norma publicada hoy establece que las actividades de explotación, manufactura, importación, elaboración, distribución, y comercialización de todas las variedades de asbesto crisolito o blanco –que también representa riesgo para la salud- se someterán a un estricto y permanente control.

La ley indica que la regulación del uso de asbesto solo se aplicará a aquellas actividades en las que exista la factibilidad de establecer medidas preventivas y de control que aseguren que su ejecución no implique riesgos para la salud de las personas expuestas a su uso.

La norma publicada hoy constituye la Comisión Técnica Multisectorial, encargada de velar permanentemente por su cumplimiento y de proponer el reglamento pertinente, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Este grupo de trabajo está presidido por un representante del Ministerio de Salud, e integrado por un representante de los Ministerios de Energía y Minas, Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción, y del Ambiente.

Asimismo, por un representante de la Sociedad Nacional de Industrias y de la Defensoría del Pueblo.

Estos representantes serán designados e iniciarán sus funciones, bajo responsabilidad, dentro de los 15 días siguientes a la entrada en vigencia de esta ley.

La comisión estudiará y, de ser el caso, propondrá la eliminación progresiva del asbesto crisolito y el tiempo de su ejecución.

Las infracciones a esta norma y su reglamento serán sancionadas por la citada comisión y se sujetan a las medidas correctivas de la Ley General del Ambiente y las normas sectoriales pertinentes.

El procedimiento sancionador se establecerá en el reglamento que el Poder Ejecutivo deberá elaborar en un plazo de 60 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la norma.

Material cancerígeno que afecta principalmente al pulmón

Consultado al respecto sobre el peligro del asbesto para la salud, el oncólogo Raúl Velarde, director técnico de la Liga Peruana contra el Cáncer, señaló que el asbesto en cualquiera de sus variedades constituye un agente cancerígeno que afecta principalmente al pulmón, pero también puede dañar otros órganos como estómago, laringe, intestino, esófago, páncreas y los riñones.

Los síntomas habituales de este tipo de cáncer son pérdida apetito y de peso, el cansancio, el dolor en el tórax, la hemoptisis o expectoración de sangre y dificultad respiratoria.

Indicó que además del cáncer de pulmón, se puede desarrollar un tipo de cáncer llamado mesotelioma, que suele afectar a la pleura o tejido que envuelve a los pulmones, y al peritoneo o tejido que envuelve la cavidad abdominal.

Velarde saludó la prohibición del uso del asbesto anfíboles, pero consideró que dicha medida se debió extender al asbesto crisolito, dado que dicho material es altamente dañino para la salud en cualquiera de sus variedades.

“Es igual que fumar un cigarrillo con o sin filtro. La diferencia solo está la demora en la aparición del cáncer. El asunto es no exponerse a este agente cancerígeno”, dijo.

Añadió que estas enfermedades tienen un largo tiempo de latencia -tiempo que transcurre hasta la aparición de la enfermedad- que puede superar los 20 años, por lo que es un tipo de cáncer no muy frecuente, pero altamente dañino si no es detectado a tiempo.

El especialista señaló que si bien los mineros que extraen este mineral son los más expuestos a padecer de cáncer, existe peligro para toda aquella personas que tiene contacto con objetos o materiales en los cuales el asbesto es componente principal o asociado.

En tal sentido, dijo que el asbesto está concentrado en las minas de donde se extrae este mineral, pero cuando es industrializado forma parte de una gran variedad de productos de construcción como las tejas, tanques de agua, baldosas y azulejos, productos de papel y productos de cemento.

Igualmente, el asbesto se encuentra en productos automotrices como embragues, frenos, componentes de la transmisión del vehículo, así como materias textiles termo-resistentes, envases, paquetería y revestimientos, equipos de protección individual, pinturas, entre otros.

Por ello, el oncólogo recomendó a la población que adquiera productos libres de asbesto y que utilicen materiales sustitutos no cancerígenos.

(FIN) LZD/RRC


Publicado: 9/2/2011