Curanderismo incorpora conocimientos y saberes
En los considerandos de la norma se precisa que el pedido de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación fue una iniciativa impulsada por la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, en coordinación con las Direcciones Desconcentradas de Cultura de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas y Áncash.
Destaca que el
curanderismo en esas regiones incorpora conocimientos y saberes, así como singulares prácticas transmitidas de una generación a la siguiente por pueblos y comunidades, con el fin de diagnosticar, prevenir y curar enfermedades.
El consumo ritual de la planta está precedido por un tiempo de preparación del paciente, el cual puede durar de semanas a meses. Llegado el momento, un aspecto importante es la preparación del brebaje con la corteza del cactus, en la que interviene directamente el mismo especialista que recolectó la planta, pudiendo ser el maestro curandero o su asistente. La cocción del cactus es acompañada de rituales de preparación para generar una comunicación con el espíritu de la planta, los cerros y los santos a los que se invoca en los rituales de sanación.
Una vez listo el brebaje, el ritual presidido por el curandero puede realizarse en el mismo espacio donde este fue preparado, así como también un espacio al aire libre cerca de un cerro o laguna sagrada hacia los cuales se orienta la mesa ritual. Los rituales están dedicados esencialmente a la curación de pacientes cuyas dolencias son atribuidas a la acción de fuerzas negativas, por entidades espirituales o por la voluntad adversa que se ha valido de otro especialista.
Bajo esta concepción, la curación consiste en la “limpieza” de tales fuerzas negativas que son expulsadas de la persona afectada, y con ello logrando un equilibrio de fuerzas espirituales que está en la base de la salud, con el entorno espiritual circundante.
Patrimonio Inmaterial
La norma encarga a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con las Direcciones Desconcentradas de Cultura de las regiones de Lambayeque, La Libertad, Piura, Tumbes, Cajamarca, Amazonas y Áncash, y sus respectivas comunidades de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada.
Afirma que de esta manera, el registro institucional podrá ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Dispone, asimismo, notificar la presente resolución y los Informes N° 000008-2022-DPI-PRM/MC y N° 000699-2022-DPI/MC a las Direcciones Desconcentradas de Cultura de Lambayeque, La Libertad, Piura, Tumbes, Cajamarca, Amazonas y Áncash, para los fines consiguientes.
La resolución lleva la firma de la viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Janie Marile Gómez Guerrero.