Andina

Declaran en emergencia a 5 distritos de Moquegua por contaminación hídrica

La medida regirá durante 60 días calendario para ejecutar medidas de respuesta y rehabilitación

Las labores de respuesta y rehabilitación las ejecutarán el Gobierno Regional de Moquegua, los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). Participarán varios ministerios.

Las labores de respuesta y rehabilitación las ejecutarán el Gobierno Regional de Moquegua, los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). Participarán varios ministerios.

09:29 | Lima, dic. 6.

El Poder Ejecutivo declaró el estado de emergencia por impacto de daños a consecuencia de contaminación hídrica, en los distritos de Chojata, Matalaque, Quinistaquillas, Coalaque, y Omate de la provincia de General Sánchez Cerro, en el departamento de Moquegua.

El informe técnico de la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) señala que la población de los citados distritos se ha venido exponiendo al consumo de forma directa e indirecta de sustancias contaminantes y tóxicas, a través de los recursos hídricos que tienen actualmente a su disponibilidad, hecho que ha afectado la salud de las personas y sus medios de vida.

El estado de emergencia regirá por el plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan, precisa el Decreto Supremo N° 188-2019-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

De estas labores se encargarán el Gobierno Regional de Moquegua, así como los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).

Participarán los ministerios de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento; Educación, Agricultura y Riego, Ambiente, Energía y Minas, Interior, Defensa, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y demás instituciones públicas y privadas involucrada.

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La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

La norma lleva rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; del titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos Salinas; y de los ministros involucrados.

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(FIN) TMC/MAO

Publicado: 6/12/2019