Andina

Declaran en emergencia a distrito loretano de Trompeteros por contaminación hídrica

Medida comprende a las localidades de Villa Trompeteros y Nueva Libertad

Entidades del Estado peruano adoptarán acciones para reducir la contaminación hídrica en distrito de Trompeteros, en Loreto. ANDINA/Difusión

Entidades del Estado peruano adoptarán acciones para reducir la contaminación hídrica en distrito de Trompeteros, en Loreto. ANDINA/Difusión

08:58 | Lima, set. 19.

El Gobierno declaró el estado de emergencia por peligro inminente ante contaminación hídrica, en las localidades de Villa Trompeteros y Nueva Libertad del distrito de Trompeteros, ubicadas en la provincia y región Loreto.


Así lo dispone el Decreto Supremo N° 157-2019-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma precisa que la medida estará vigente por 60 días calendario.

Agrega que por el citado tiempo se ejecutarán acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente en salvaguarda de la salud de la población.

La medida se sustenta en un informe elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) que revela que se  registra una contaminación hídrica con contenidos de hierro, aluminio, manganeso, coliformes totales, coliformes fecales y organismos de vida libre que afectan la calidad de vida organoléptica y microbiológica del agua para el consumo humano, poniendo en peligro inminente la salud de la población de las localidades de Villa Trompeteros y Nueva Libertad.

El D.S. subraya que el Gobierno Regional de Loreto, la Municipalidad Provincial de Loreto y la Municipalidad Distrital de Trompeteros, con la coordinación técnica y seguimiento del Indeci, y la participación de la Presidencia del Consejo de Ministros y de los ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Salud, y Educación; además de las entidades competentes en cuanto les corresponda, ejecutarán las acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente.

Añade que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.



La norma lleva la firma del presidente Martín Vizcarra y es refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar; y por los ministros de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Miguel Estrada; Salud, Zulema Tomás; y Educación, Flor Pablo.

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(FIN) MAO

Publicado: 19/9/2019