El lunes 15 de mayo venció el plazo para que las micros, pequeñas, medianas y grandes empresas depositen a sus trabajadores la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), beneficio laboral que corresponde al periodo semestral de noviembre del 2022 a abril del 2023.
En caso de que la empresa haya omitido depositar el dinero de la CTS a las cuentas individuales a los trabajadores, ¿qué se debe hacer?
De acuerdo con la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el trabajador afectado deberá plantear una denuncia en su
plataforma virtual. Según indica dicha plataforma, todas las denuncias son confidenciales, solo se debe tener a la mano la siguiente información:
- Número de RUC de la empresa.
- Dirección del centro de trabajo a denunciar.
- Documentos que sustenten tu denuncia (boletas de pago, contrato de trabajo, entre otros) escaneados y en formato PDF.
- Contar con un correo electrónico.
- Número de celular personal.
Línea telefónica
En caso el trabajador desee realizar alguna consulta laboral o sobre seguridad y salud en el trabajo, así como sobre temas relacionados a las medidas laborales excepcionales, puede llamar a la línea gratuita 0-800-16872 o ingresar al aplicativo
Sunafil Responde.
Multas
Por su parte, la Cámara de Comercio de Lima recordó que la Sunafil puede aplicar multas por no pagar este beneficio en la fecha establecida. Asimismo, por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo de la CTS dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve).
Según su informe, las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR (10/02/20). Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (no mype).
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Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4,950 soles vigente en el 2023).
Las multas para las micro y pequeñas empresas inscritas en el Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1 % de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas, medianas y grandes empresas.
MICROEMPRESA |
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/ 222.75 | S/ 1,138.5 |
No depositar CTS | S/ 544.5 | S/ 2,227.5 |
PEQUEÑA EMPRESA |
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/ 445.5 | S/ 11,137.5 |
No depositar CTS | S/ 2,227.50 | S/ 22,275 |
MEDIANA Y GRAN EMPRESA |
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/ 1,287 | S/ 76,824 |
No depositar CTS | S/ 7,771.5 | S/ 129,294 |
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(FIN) RGP/JJN
GRM
Publicado: 23/5/2023