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Crean grupo de trabajo para formulación de Política Nacional de Pesca

Equipo sectorial estará vigente hasta por dos años a fin de concluir su labor, señala Produce

ANDINA/Difusión

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09:15 | Lima, set. 4.

El Ministerio de la Producción (Produce) creó hoy el grupo de trabajo sectorial de naturaleza temporal para supervisar la formulación de la Política Nacional de Pesca.

Mediante resolución ministerial (RM) 00289-2022 de Produce, publicada hoy en el diario El Peruano, se dispone instaurar este grupo de trabajo dependiente del Produce.

Se determina que el equipo de trabajo tiene por objeto supervisar la formulación de la Política Nacional de Pesca, a cargo de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura.

Se dispone que el citado grupo de trabajo está integrado por: 

a) Un/a representante del Despacho Ministerial, quien lo preside.

b) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura. 

c) El/la director/a general de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, o su representante. 

d) El/la jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes), o su representante. 

e) El/la presidente/a ejecutivo/a del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), o su representante. 

f) El/la presidente/a del consejo directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), o su representante. 

g) El/la presidente/a ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes), o su representante. 

h) El/la presidente/a ejecutivo/a del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), o su representante. 

Se fija que cada integrante del equipo de trabajo cuenta con una representación alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 

Se establece que los miembros del grupo de trabajo ejercen su cargo ad honorem y su implementación no irroga gastos al Estado.

Se dicta que los integrantes del equipo de trabajo antes mencionados, se acreditan ante la Secretaría Técnica del grupo de trabajo, vía comunicación escrita, en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de mañana.

Funciones  

Se determina que el grupo de trabajo tiene las siguientes funciones: 

a) Elaborar el plan de trabajo para la supervisión de la formulación de la Política Nacional de Pesca. 

b) Supervisar que el proceso de formulación de la Política Nacional de Pesca se cumpla con los plazos previstos. 

c) Coordinar la implementación de las observaciones y/o sugerencias emitidas por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan) respecto a los entregables de la Política Nacional de Pesca. 

d) Sugerir medidas que permitan agilizar la formulación de la Política Nacional de Pesca. 

e) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Secretaría Técnica 

Se dispone que el equipo de trabajo cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Produce, quien brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. 

Se establece que la Secretaría Técnica convoca a sesiones del grupo de trabajo y es responsable del registro y custodia de las actas o los acuerdos en cada una de ellas, así como de toda documentación que se genere durante su período de vigencia. 

Se fija que la Secretaría Técnica articula el intercambio de información entre sus integrantes; para lo cual coordina las acciones necesarias a fin de coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas al grupo de trabajo. 

Se determina que la Secretaría Técnica elabora y presenta, en la última sesión, el informe sobre los avances y logros del equipo de Trabajo en el cumplimiento de sus funciones.

Instalación y vigencia

Se dispone que el grupo de trabajo se instala dentro de los siete días hábiles, contados a partir de mañana. 

Se establece que las sesiones del equipo de trabajo pueden ser presenciales y/o virtuales. 

Se ordena que el grupo de trabajo estará vigente hasta que concluya la formulación de la Política Nacional de Pesca, cuyo plazo máximo de formulación no podrá exceder los dos años, debiendo presentar al Despacho Ministerial el plan de trabajo en un plazo no mayor de tres días hábiles de concluida su vigencia. 

Se fija que al término del período de su vigencia, el Produce, a través del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, comunica a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la extinción formal de esta. 

Financiamiento

Se establece que el grupo de trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. 

Se dicta que la implementación de lo dispuesto en la presente normase financia con cargo al presupuesto institucional del Produce, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Se dispone la publicación de la presente RM hoy en la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce).


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Publicado: 4/9/2022