09:44 | Lima, set. 13.Oficializan creación de Comisión
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó hoy la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Formalización Laboral.
Mediante el Decreto Supremo Nº 006-2025-TR se crea dicha comisión multisectorial dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objeto de proponer intervenciones para promover la formalización de los sectores productivos con incidencia en la formalización laboral, recomendaciones de mejora y el seguimiento de su implementación.
El Ejecutivo anunció el miércoles pasado la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Formalización Laboral, cuyo objetivo es fortalecer la articulación y coordinación entre las diversas entidades gubernamentales a nivel central, regional y local, construyendo una estrategia integral que contendrá instrumentos de política e intervenciones que impulsarán el tránsito hacia la formalización del empleo en los diversos sectores y cadenas productivas.
Dicha comisión estará presidida por la viceministra de Trabajo, Yolanda Erazo Flores.
Estará conformada también por el viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y el viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Asimismo, estará conformada por el viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, el viceministro de Mype e Industria del Ministerio de la Producción, el viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Se suman el viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, el viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud, el viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, el viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, el viceministro de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y el viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
La conformarán también el superintendente de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, el superintendente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el presidente ejecutivo del Seguro Social de Salud, el Jefe de la Oficina de Normalización Previsional, el superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, el presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, el presidente ejecutivo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes y el Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
La norma legal precisa que los integrantes de la Comisión Multisectorial ejercerán sus funciones ad honorem.
Los integrantes de la Comisión Multisectorial cuentan con un representante alterno del mismo nivel jerárquico en el caso de los ministerios, y Secretarías o Gerencias Generales en el caso de los organismos adscritos.
La Comisión Multisectorial puede conformar Equipos Técnicos de Trabajo, para áreas específicas y/o ejes de trabajo, que coadyuven al cumplimiento de su objeto y funciones.
Funciones de la Comisión Multisectorial
La Comisión Multisectorial de naturaleza permanente tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar un informe que contenga un diagnóstico sobre la implementación y avance de las intervenciones del Estado que impulsen la formalización laboral, con el fin de identificar las brechas y oportunidades de mejora, dentro de los tres meses siguientes a la instalación de la Comisión Multisectorial.
b) Elaborar un informe de recomendaciones sobre las medidas de mejora e intervenciones para impulsar la formalización de los sectores productivos con enfoque en formalización laboral, a los seis meses de la emisión del informe establecido en el literal a). Extraordinariamente, pueden formularse otros informes de recomendaciones, producto de la dinámica del trabajo de la Comisión.
c) Elaborar informes de seguimiento bajo una periodicidad anual que den cuenta de la implementación de las intervenciones sectoriales y multisectoriales para impulsar la formalización laboral, los cuales deben ser presentados a la presidencia de la Comisión y dentro del último trimestre de cada año. Dichos informes pueden contener recomendaciones de mejora.
Instalación
La Comisión Multisectorial se instalará en el plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial El Peruano.
Financiamiento
El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 13/9/2025