Corredor Apurímac – Puno: priorizarán compra de terrenos para mejoras en vía

Ley establece parámetros legales para ello

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

10:25 | Lima, may. 30.

Fue publicada la ley que aprueba medidas para la adquisición de áreas de terreno necesarias para mejorar el Corredor Vial Apurímac – Puno, señalando que estas deben ser respetuosas del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, a fin de que sean válidas

Ello consta en la Ley 32355, que aparece hoy en la sección de normas legales del Diario Oficial El Peruano.


Se indica que estas alcanzarán a todos los tramos de la vía mencionada, con los Códigos Únicos de Inversiones 2392742, 2429701, 2429700, 2429699 y 2429698.


En ese sentido, el Poder Ejecutivo queda autorizado a establecer en un plazo no mayor de 30 días, y mediante decreto supremo, disposiciones especiales para que se concrete la adquisición “prioritaria y voluntaria” de los inmuebles o áreas de terreno necesarias para el desarrollo del mencionado proyecto.

Naturaleza de las medidas
Dichas medidas especiales deberán permitir otorgar una compensación económica de entre una y cinco unidades impositivas tributarias por la entrega anticipada de la posesión a utilizarse.


También deben garantizar el pago por la adquisición del bien inmueble y definir el precio sobre valores únicos por metro cuadrado para terreno rural y urbano, que incluirá un incentivo adicional de 20% del valor de tasación.

Asimismo, se indica que debe fijarse una fecha máxima para la identificación de los destinatarios de los pagos mencionados y plazos para que estos se realicen de manera simultánea a la adquisición de las aéreas necesarias para el desarrollo del proyecto.

[Lea también: Simulacro Multipeligro]

En la ley se indica que el procedimiento para aplicar dichas medidas debe comprender identificar las áreas necesarias para la ejecución del proyecto, así como de los propietarios, y la determinación del valor total de tasación. También deben perfeccionarse los mecanismos de pago y suscripción de entrega de actas de posesión, para que se hagan simultáneamente.

Todo esto debe disponerse conforme al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y con la Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios (Ley 29785). De no ser así, se genera “la nulidad de los actos administrativos relacionados”, se indica.

Mejoramiento Del Corredor Vial Apurímac - Cusco by Fidel Gutierrez


(FIN) FGM/MAO

Más en Andina:


Publicado: 30/5/2025