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Coronavirus: profesionales de la salud tendrán facilidades para inscribirse en Serums

Minsa dispone que proceso Serums 2019-II finalice el 15 de octubre y de inmediato empiece el Serums 2020-II

ANDINA/Difusión

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13:28 | Lima, set. 18.

Los profesionales que se encuentran realizando su Servicio rural y urbano marginal en salud (Serums) remunerado bajo el proceso 2019-II en todo el país terminarán esas funciones el próximo 15 de octubre, según dispuso el Ministerio de Salud (Minsa).

La decisión ministerial fue tomada a través de la Resolución Ministerial N° 742-2020/Minsa, norma que también ordena que el servicio de los profesionales del proceso Serums 2020-II empiece el 16 de octubre de 2020 y concluya el 30 de septiembre de 2021.

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Para el Serums 2020-II se autoriza la inscripción de los profesionales de la salud solo con el registro de colegiatura profesional correspondiente, con cargo a regular otros requisitos normales como la presentación del título profesional y su registro en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). 

Se dispone también que un profesional considerado como persona de riesgo para la covid-19 -incluyendo las gestantes y madres con niños menores de 1 año- podrá postular, pero deberán presentar un informe médico que determine si pueden realizar dicho servicio.

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El Minsa indicó que, para el proceso de Serums 2020-II equivalente, la programación de plazas se determinará teniendo en cuenta las facilidades que los establecimientos de salud pueden prestar para hacer el servicio en forma remota o presencial, teniendo en cuenta que se priorizará el trabajo remoto, a nivel nacional, hasta que las condiciones sanitarias permitan realizar la labor presencial de todo el personal en los establecimientos de salud.

La norma también indica que todos los profesionales Serums, de los procesos 2019-II y 2020-I, que se encuentran prestando el servicio en una zona geográfica diferente a su plaza adjudicada, retornen a las localidades donde se ubica la referida plaza, en un plazo de tres días contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.

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(FIN) NDP/LIT


Publicado: 18/9/2020