El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó hoy en el diario El Peruano una guía que busca prevenir el contagio del coronavirus en el centro de labores y explica cómo actuar ante posibles casos confirmados de la infección.
El documento fija los lineamientos para evitar la propagación del
coronavirus o Covid-19, garantizar la salud de todos los trabajadores y tener un ambiente laboral sano y seguro.
Ante la sospecha de un contagiado -indica- se buscará mantener al trabajador en su hogar hasta que pase el proceso de la enfermedad, ausencia que será posteriormente compensada. Los días que no se acudan al centro de labores serán remunerados como cualquier otra enfermedad.
La guía consigna además que se puede pactar el desarrollo de teletrabajo, fijándose horarios, duración, etc., previo acuerdo entre las partes.
A continuación, los aspectos más importantes de la norma gracias al estudio Vinatea & Toyama:
Comunicación e información
- La Gerencia de RRHH y los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) deben difundir las medidas de prevención de la empresa y el punto de contacto para comunicarse con las autoridades + promover las prácticas saludables del Ministerio de Salud.
- Las empresas deben compartir información mediante charlas, afiches, mails, etc.
- Brindar material higiénico apropiado y suficiente más implementar protocolos de limpieza necesarios.
Control
-
Si hay trabajadores “resfriados” que han estado en contacto con personas diagnosticadas como sospechosos
probables o confirmados de
coronavirus o que 14 días antes visitaron países de riesgo, se les debe indicar que
acudan al centro médico público o privado o llamar a la línea gratuita 113 del MINSA.
- Evaluar la necesidad de realizar viajes de trabajo y, si se realizan, brindar toda la información a los trabajadores.
- Brindar facilidades a los trabajadores si presentan síntomas sospechosos del coronavirus (permisos, citas médicas, etc.).
Personas sospechosas y diagnosticadas
- Si se dispone la cuarentena del trabajador, la ausencia se justifica con el certificado médico. Si finalmente se descarta la enfermedad, se podrá compensar el tiempo de ausencia o el empleador podrá exonerar dicha compensación.
- Los días dejados de laborar se deben remunerar (como cualquier otra enfermedad).
Acciones preventivas
Para evitar la propagación de virus, las partes podrán modificar turnos, dar licencia con goce de haberes y cualquier otra que permita optimizar la seguridad y salud en el trabajo.
Teletrabajo
Por acuerdo escrito entre las partes, se puede pactar el
trabajo desde el domicilio, fijándose horario, forma de trabajo, duración, etc.
Medidas para los trabajadores
- Cumplir las medidas del empleador.
- Asistir a las capacitaciones, utilizar los equipos de protección.
- Cumplir con las medidas de prevención y control de la empresa y el MINSA.
Obligaciones ante las autoridades
- Se debe permitir el ingreso del MINSA y otras autoridades al centro de trabajo para poder identificar posibles focos de infección.
- Dar aviso inmediato ante situaciones de riesgo y propagación.
Información oficial sobre Coronavirus
La información oficial sobre las medidas de prevención y acciones concretas pueden ubicarse en la web del Ministerio de Salud:
- https://www.gob.pe/institucion/minsa/campañas/699-conoce-que-es-el-coronavirus
- https://www.gob.pe/8371-ministerio-de-salud-que-son-los-coronavirus-y-como-protegerte
- https://www.gob.pe/8663-ministerio-de-salud-como-prevenir-el-coronavirus
- https://www.gob.pe/8662-ministerio-de-salud-coronavirus-en-el-peru
Más en Andina:
(FIN) KGR/RRC
Publicado: 9/3/2020