El Decreto Legislativo 1308 publicado a fines del 2016 en el marco de las facultades legislativas generó un ahorro de 28.1 millones de soles a los consumidores y proveedores entre enero del 2017 y junio del 2018 por solución de controversias, informó hoy Indecopi.
Mientras que las empresas habrían ahorrado 3.4 millones en pérdidas reputacionales al usar las diversas formas de conclusión anticipada, refirió el Indecopi.
Cabe destacar que este Decreto Legislativo, publicado a finales del 2016 en el marco de las facultades legislativas delegadas, modificó el Código de Protección y Defensa del Consumidor: Ley 29571.
Solución de controversias
De esta manera, en el proceso de conclusión anticipada (solución de controversias entre proveedores y consumidores) permitió reducir los costos de litigaciones (menos costos de asesoría legal y documentación para la presentación de la denuncia y descargos) ante los Órganos de Procedimientos Sumarísimos (OPS), señaló Indecopi.
Por ejemplo, en el primer semestre del 2018, las conclusiones anticipadas ante los OPS se incrementaron en 23 veces (2,300%) respecto al primer semestre del 2016, ya sea porque el denunciante se desistió del procedimiento o porque las partes llegaron a un acuerdo mediante conciliación, explico.
En tanto que en las conclusiones anticipadas por allanamiento o reconocimiento se incrementaron 37 veces (3,700%) al comparar similares lapsos de tiempo, agregó.
Los expedientes concluidos en OPS por incumplimiento de acuerdos conciliatorios se redujeron en 79%, debido a que la actual multa es de 200 UIT (equivalente a 830,000 soles), señaló.
Menos tiempo
El resultado de los cambios al Código evidencia igualmente un menor tiempo de tramitación de los casos presentados, favoreciendo la atención de un mayor porcentaje de casos dentro de plazo durante el primer semestre del 2018, en el orden de 81% en los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos, 89% en la Comisión de Protección del
Consumidor (CPC) y 98% en Sala de Protección al Consumidor (SPC).
El documento de trabajo: Impacto económico de los incentivos introducidos por el DL 1308 en el Código de Protección y Defensa del Consumidor también señala estadísticas relacionadas a las comisiones de protección del consumidor.
En estas, las apelaciones con conclusión anticipada se incrementaron sustancialmente en 68 veces más (6,800%).
Además, se presenta un aumento de procedimientos concluidos por allanamiento o reconocimiento de 39 veces (3,900%) comparando el primer semestre del 2018 contra el primer semestre del 2016.
Por su parte, las apelaciones de procedimientos iniciados en OPS ante la SPC (también conocidos como recursos de revisión) disminuyeron en 99.9%, debido a la eliminación del recurso de revisión para que la Sala conociera el caso como una especie de tercera instancia, lo cual dilataba aún más los procedimientos sumarísimos que por su naturaleza deben ser rápidos.
Con relación a CPC, el tiempo promedio de resolución de denuncias (en procesos ordinarios) disminuyó en 24.76% entre el primer semestre 2016 e igual periodo del 2018 (pasando de 111 a 83.4 días hábiles), indicó.
Competencias
Cabe recordar, que
Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, cuenta con competencia primaria y de alcance nacional para conocer presuntas infracciones a la normativa de consumo, competencia que solo puede ser negada cuando esta haya sido asignada o se asigne a favor de otro organismo por norma expresa con rango de ley.
Al respecto, el Código vigente desde octubre del 2010 introdujo los procedimientos sumarísimos a cargo de los OPS, a efectos de brindar soluciones oportunas y sencillas a los consumidores, en los que los conflictos de consumo se resuelven en 30 días hábiles, atendiendo a materias y cuantías menores, manteniendo los procedimientos sancionadores ordinarios que se tramitan en las CPC, los cuales cuentan con un plazo legal de 120 días hábiles a efectos de emitir un pronunciamiento.
Más en Andina:
(FIN) MMG/JJN