Los consultorios dentales y los centros de diagnóstico por imágenes, públicos y privados, deberán someter sus equipos de Rayos X a un control de calidad anual para garantizar que funcionen dentro de parámetros seguros y evitar riesgos por exposición excesiva a la radiación, según una medida establecida por el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).
La disposición está contenida en la
Resolución de Presidencia N.° D000084-2026-IPEN-PRES, publicada en el Diario Oficial El Peruano, y establece requisitos administrativos y técnicos para el uso de equipos de radiación ionizante.
El objetivo es reforzar la seguridad de los pacientes y prevenir posibles daños biológicos asociados al uso de estos equipos.
El director de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del IPEN, Marco Munive Sánchez, explicó a la Agencia Andina que la norma complementa la Ley N.° 28028, que ya exigía que estos establecimientos cuenten con autorización de la entidad antes de iniciar sus actividades.
“Dentro de esa autorización existe un requisito esencial: el control de calidad. Lo que hace esta resolución es establecer de manera formal la exigencia de que todos estos establecimientos pasen ese control cada año”, señaló el especialista.
¿Cuál es la dosis de radiación adecuada?
El control anual permitirá verificar que la dosis de radiación administrada al paciente se mantenga dentro del rango considerado seguro, entre 2 y 5 milisievert (mSv). Los establecimientos deberán acreditar que sus equipos operan dentro de esos límites.
“Si se supera ese rango, aumenta la posibilidad de que a futuro se genere un daño biológico. Hay que recordar que muchos pacientes se someten a radiografías en varias oportunidades”, advirtió Munive.
Aunque el IPEN no ha registrado incidentes con equipos de Rayos X dentales, el especialista indicó que en aplicaciones médicas sí se ha reportado, en alguna ocasión, un caso de quemadura de piel asociado a una exposición excesiva a la radiación. Añadió que una sobreexposición prolongada podría incrementar el riesgo de efectos como esterilidad o cáncer.
Alcance de la medida
La medida alcanzará a aproximadamente 6,000 consultorios y centros de diagnóstico por imágenes que operan en el país. Estos últimos realizan estudios vinculados a exámenes ocupacionales, traumatología, atención de accidentes, detección de tuberculosis y otras evaluaciones médicas.
La norma también dispone que los equipos solo podrán ser operados por profesionales de la salud debidamente calificados y con licencia individual otorgada por el IPEN, como odontólogos, tecnólogos médicos y otros especialistas autorizados. “El personal autorizado debe aprobar una evaluación donde se verifica que conoce los riesgos de la radiación y las medidas de protección que debe aplicar”, precisó Munive.
El especialista recordó que, antes de obtener una licencia municipal de funcionamiento, los consultorios y centros de diagnóstico deben contar previamente con la autorización del IPEN.
La regulación se sustenta en la Ley N.° 28028, su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 038-2008-EM y el Reglamento de Seguridad Radiológica (D.S. N.° 009-97-EM). La normativa se basa en tres principios fundamentales: justificar cada examen, optimizar el uso de la radiación y limitar la exposición del paciente, especialmente en grupos vulnerables como niños y mujeres gestantes.
Sanciones
El IPEN continuará realizando fiscalizaciones a nivel nacional y podrá imponer sanciones a los establecimientos que operen sin autorización o sin personal licenciado. Las medidas administrativas van desde amonestaciones y multas de media UIT hasta 100 UIT, e incluso el decomiso de la fuente emisora de radiación en casos graves o de reincidencia.
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Publicado: 6/8/2026