Es inconstitucional que la Fiscalía solicite, en la denuncia contra el presidente Pedro Castillo presentada al Congreso, interpretar el artículo 117 de la Constitución para acusar al Mandatario por presuntamente liderar una organización criminal.
Así lo señaló José Saldaña Cuba, investigador y profesor en Derecho, quien señaló que no cabe una interpretación de dicho artículo de la Carta Magna, ya que solo se interpreta cuando hay alguna ambigüedad o vacío, y el artículo 117 señala explícitamente que el Jefe del Estado solo puede ser acusado por cuatro causales.
Recordó además que la finalidad de dicho artículo es permitir la gobernabilidad, a fin de no distraer las funciones del Presidente con investigaciones judiciales. “Pedir que se inaplique el (artículo) 117 es un despropósito jurídico”, señaló a TVPerú.
Asimismo sostuvo que el Tribunal Constitucional tendría que tener la misma respuesta, si la Fiscalía le presenta este pedido ante dicha instancia, de ser desestimado primero por el Congreso.
Saldaña agregó que los tratados internacionales no pueden oponerse al Derecho nacional, sino que deben complementarse, ello con relación al pedido de la titular del Ministerio Público para que el Congreso haga un control de convencionalidad aplicando la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Por su parte, la abogada Beatriz Ramírez Huaroto observó que se pida una interpretación jurídica de una norma expresa constitucional que tendría como efecto "dejar fuera del cargo a alguien electo por voluntad popular".
"Tener un Presidente más con serios indicios de corrupción es pésima noticia. ¿Le agregamos interpretaciones que llevan al límite nuestra precaria institucionalidad? Para salir del hoyo sostengo que no lo necesitamos, el precio actual y futuro a pagar es muy alto", señaló a través de Twitter.
(FIN) MRCA/CVC
GRM
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Publicado: 12/10/2022