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Conoce el protocolo de fiscalización para contratación de extranjeros

Propuesta de Sunafil reconoce derecho a los beneficios previstos en el régimen privado

ANDINA/Difusión

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10:49 | Lima, jun. 7.

Los trabajadores extranjeros con contrato celebrado por escrito y aprobado por la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) competente tienen derecho a todos los beneficios previstos por el régimen laboral de la actividad privada.

Asimismo, los trabajadores extranjeros sin contrato celebrado por escrito, cuya relación laboral haya sido aprobada por la AAT competente (con cargo a regularizarse el mencionado contrato), igualmente tienen derecho a todos los beneficios.

Ello sin perjuicio de la identificación de las infracciones que correspondan sobre la materia.

Así lo recoge el proyecto de protocolo de fiscalización del cumplimiento de las disposiciones referentes a la contratación de trabajadores extranjeros, publicado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

La iniciativa establece los lineamientos que aplicará dicha institución para la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones relativas a la contratación de trabajadores extranjeros.


Lineamientos


Si el personal inspectivo verifica que el empleador no ha entregado copia del contrato de trabajo al trabajador extranjero en el término de tres días hábiles desde el inicio de la prestación de servicios, propondrá una multa.

Infracción leve y sancionable con una multa que podría llegar a 56,700 soles si se afecta a más de 1,000 trabajadores extranjeros, comentó el laboralista César Puntriano.

Sin embargo, si se detecta que el trabajador extranjero desarrolla sus labores sin contrato de trabajo escrito, el empleador podrá ser sancionado por una infracción grave, cuya multa podría llegar a 94,500 soles, de afectarse a más de 1,000 trabajadores extranjeros, agregó.

En cambio, sostuvo, si se advierte que el trabajador extranjero lleva a cabo sus labores sin que su contrato de trabajo hubiera sido aprobado por la AAT, el empleador podrá ser multado por una infracción muy grave, que podría llegar a 189,000 soles si se afecta a más de 1,000 trabajadores extranjeros.

El proyecto añade que si el inspector detecta al trabajador extranjero laborando sin la condición migratoria habilitante, comunicará esta situación a la Superintendencia Nacional de Migraciones.

El documento sometió a consideración de la ciudadanía la iniciativa aprobada mediante la R. S. N° 187-2019-Sunafil


Porcentajes limitativos


El proyecto de protocolo detalla la fórmula para la determinación de los porcentajes limitativos en materia de contratación de extranjeros, recogiendo la metodología establecida en la legislación para su cálculo. 

En esa línea, Puntriano destaca la precisión que realiza el proyecto en cuanto a la importancia de considerar tanto a la remuneración en dinero como en especie para determinar los porcentajes limitativos, así como tener en cuenta el concepto de remuneración contemplado en la normativa laboral.




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(FIN) DOP/RES/JJN

Publicado: 7/6/2019