Por Miguel de la VegaLa aplicación permanente del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), aprobada por el pleno del Congreso de la República en la víspera, permitirá acceder a una pensión a las personas desempleadas mayores de 55 años para el caso de los hombres y 50 años para el caso de las mujeres.
Para que entre en vigencia esta norma antes tiene que ser promulgada por el Ejecutivo y publicada en el diario oficial El Peruano
¿Quiénes pueden aplicar?
a) Quienes tengan una edad mínima de 55 años en el caso de los varones y de 50 años en el caso de las mujeres.
b) Además tienen que estar desempleados durante doce meses consecutivos tras la fecha de cese de su centro de labores.
c) También quienes durante 12 meses, tras la fecha de cese laboral, hayan percibido rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios) por un monto menor o equivalente a siete Unidades Impositivas Tributarias (UIT) que representan 29,400 soles.
¿Qué documentos deben presentarse?
Para empezar el trámite, se debe presentar la solicitud de acceso al REJA ante su AFP correspondiente, así como el documento que indique el cese de su relación laboral con la fecha correspondiente.
En el caso que el trabajador haya emitido recibos por honorarios en el referido periodo debe presentar el documento de la Sunat que lo sustente.
Cabe señalar que, según la norma aprobada, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) determinará las condiciones y el procedimiento operativo correspondiente (
www.sbs.gob.pe)
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(FIN) MDV/JJN
JRA
Publicado: 4/4/2019