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Conoce los detalles del proyecto por el cual el Ejecutivo pide cuestión de confianza

Gobierno considera que Ley 31399 contraviene Constitución y recorta derecho al referéndum

Titular de PCM expuso proyecto y cuestión de confianza en Congreso

Titular de PCM expuso proyecto y cuestión de confianza en Congreso

11:04 | Lima, nov. 17.

El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso un proyecto para derogar la ley 31399, referida a restricciones respecto a la convocatoria a referéndum. Esta ha sido materia de una cuestión de confianza planteada también hoy ante el Parlamento por el jefe del gabinete ministerial, Aníbal Torres. Vea aquí la galería fotográfica

La iniciativa establece directamente la derogatoria de la mencionada norma, que a su vez regulaba aspectos incluidos en la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley 26300).

La Ley 31399 dispone que no puedan ser sometidas a referéndum las materias establecidas en el artículo 32 de la Constitución. Estas son reformas constitucionales totales o parciales, aprobación de normas con rango de ley, ordenanzas municipales, y temas de descentralización

Para el Ejecutivo, se están haciendo añadiduras al texto constitucional que afectan el derecho de la ciudadanía a participar en la toma de decisiones en la política nacional. Asimismo, se señala que, al disponer que la convocatoria a referéndum es hecha por el Presidente por disposición del Congreso, está contradiciéndose lo expresado en el artículo 206 de la Constitución.


En ese sentido, en el proyecto presentado hoy, el gobierno propone derogar la ley 31399 y modificar los artículos 40 y 44 la Ley 26300. Con ello se busca restituir la situación jurídica y legal previa, se indica en la sección argumentativa del documento.

Así, con respecto al artículo 40, el Ejecutivo plantea establecer que no pueden ser materia de referéndum los temas y normas que consigna el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución; es decir la supresión o la disminución de los derechos fundamentales de la persona, normas de carácter tributario y presupuestal y tratados internacionales en vigor.

En cuanto al artículo 44, el Ejecutivo propone en su proyecto que la convocatoria a referéndum sea hecha por la autoridad electoral en un plano no mayor de cuatro meses de presentadas y acreditadas las iniciativas materia de esta consulta.

Exposición de motivos
Al exponer los alcances de esta iniciativa hoy en el pleno del Congreso, el titular del gabinete, Aníbal Torres, dijo que con ella se busca remediar una situación que “desnaturalizó el derecho de la ciudadanía a la participación directa”, a través del referéndum.

Consideró que la ley que se propone derogar “establece una valla arbitraria que no se encuentra en la Constitución” y le otorga al parlamento una facultad no prevista en ella. ”Los representantes no pueden ir por encima del representado”, es decir, del pueblo, indicó.


Sobre la cuestión de confianza solicitada respecto al proyecto presentado, recordó que el Tribunal Constitucional ha dejado claro en una sentencia que dicho mecanismo ha sido regulado en la Constitución “de manera abierta”, dando campo para que el Ejecutivo tenga posibilidades de buscar respaldo político en el Congreso a las políticas que su gestión requiere desarrollar.

Torres también señaló que la facultad de legislar no es exclusiva del Congreso, ya que el Poder Ejecutivo emite decretos legislativos y decretos de urgencia. Recalcó asimismo que, si se mantiene la vigencia de la ley 31399, se seguirá afectando el derecho al referéndum que tiene la ciudadanía, contraviniendo a la Constitución.

(FIN) FGM/CVC

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Publicado: 17/11/2022