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Conoce cómo identificar y postular a un árbol patrimonial en tu localidad

El Serfor aprobó la guía que orienta a autoridades y ciudadanos sobre el procedimiento a seguir

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre aprobó la guía que orienta a las autoridades y a los ciudadanos sobre el procedimiento para la identificación, postulación y reconocimiento de árboles de especial importancia dentro de su ámbito geográfico, denominándolos árboles patrimoniales.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre aprobó la guía que orienta a las autoridades y a los ciudadanos sobre el procedimiento para la identificación, postulación y reconocimiento de árboles de especial importancia dentro de su ámbito geográfico, denominándolos árboles patrimoniales.

13:21 | Lima, abr. 6.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) aprobó la guía que orienta a las autoridades y a los ciudadanos sobre el procedimiento para la identificación, postulación y reconocimiento de árboles de especial importancia dentro de su ámbito geográfico, denominándolos árboles patrimoniales.

La guía tiene por finalidad promover la conservación y puesta en valor de ejemplares arbóreos ubicados en zonas urbanas o rurales, a través de su reconocimiento como árboles patrimoniales.


El documento es de aplicación en todo el territorio nacional y tiene carácter orientador para las municipalidades provinciales y distritales.

Árbol patrimonial


Es aquel ejemplar que se considera excepcional por motivos como su longevidad, su gran tamaño, su belleza, la originalidad de sus formas, su vinculación a un paisaje o su importancia cultural, histórica, científica o educativa.

Autoridad competente


Las municipalidades provinciales y distritales reconocen árboles patrimoniales en el ámbito de sus competencias.


La unidad orgánica que conduce el proceso para el reconocimiento de los árboles patrimoniales es la Gerencia de Gestión Ambiental (GGA) o la que haga sus veces.

Procedimiento


Las municipalidades comunican a la ciudadanía, instituciones públicas o privadas u organizaciones civiles, respecto a la presentación de propuestas para el reconocimiento de los árboles patrimoniales, así como las pautas para su postulación, los criterios de selección y el proceso para su reconocimiento.

Presentación de propuestas


Las municipalidades son las responsables de evaluar todos los árboles propuestos para su reconocimiento, los mismos que se denominan candidatos hasta que sean reconocidos a través de una ordenanza municipal.


Cualquier persona natural o persona jurídica, organización civil, institución pública o privada, con domicilio en el territorio peruano, puede proponer uno o varios candidatos, siempre que se encuentren dentro del territorio nacional. A esta se le denomina proponente.

El proponente debe remitir una Solicitud de Reconocimiento de Árbol Patrimonial (SRAP) dirigida a la GGA, adjuntando la Ficha Técnica Preliminar (FTP). En caso de que un proponente presente varios candidatos, se debe elaborar una FTP por cada propuesta.


La solicitud debe contener mínimamente el nombre completo del proponente, número del Documento Nacional de Identidad (DNI), teléfono y/o correo electrónico. La FTP debe incluir los datos de identificación, ubicación geográfica, los criterios que justifican su postulación y una fotografía del candidato (del árbol completo y sin personas). Presentada la SRAP y la FTP a la municipalidad, la GGA inicia la evaluación el expediente.

Las municipalidades implementan y gestionan un registro de todas las postulaciones, manteniendo un orden correlativo.

En caso de que la municipalidad tenga interés en proponer un candidato, omite la presentación de la SRAP; sin perjuicio de la elaboración de la FTP.

Evaluación de la propuesta


Los candidatos serán evaluados de manera individual considerando la información contenida en la FTP, y de acuerdo al siguiente proceso:


Evaluación del estado sanitario


En la visita en campo se evalúa el estado sanitario del árbol candidato, si este se encuentra muerto, en pie o en proceso de muerte regresiva, el proceso de reconocimiento se detiene, toda vez que puede representar un riesgo inminente a la integridad de las personas. 

Si el árbol presenta algún tipo de afectación, como por ejemplo plagas, pudrición basal, defoliación moderada, entre otros, que demande algún tipo de tratamiento que mejore sus condiciones sanitarias, integridad y estabilidad estructural, continuará con el proceso de reconocimiento.  El árbol que se encuentre sano y/o vigoroso, continúa con el proceso de reconocimiento.

Elaboración de la Ficha Técnica Definitiva


Con la información recogida en campo se elabora la FTD. La información registrada es utilizada para la evaluación de los criterios de reconocimiento. En esta etapa, la GGA otorga el número del registro al árbol candidato.


Evaluación del árbol candidato


Para evaluar la propuesta de árbol patrimonial, se realiza el análisis de los siguientes criterios:  tamaño; interés histórico, cultural y/o religioso; fase de desarrollo; y rareza o estado de conservación y/o amenaza.

En base a la información obtenida en la FTD, se asigna una puntuación para cada uno de los criterios, los cuales se valoran, según el nivel de importancia y rango de calificación, conforme a los valores de la siguiente tabla.


Nivel de importancia (NI) es el Valor de ponderación que refiere a la relevancia del criterio respecto al principio de patrimonialidad. Los valores van desde el 2 moderada, 3 importante y 4 como muy importante.

Rango de calificación (RC) es el Valor de las cualidades o capacidades de un ejemplar a juicio y/o aplicación de métodos por parte del evaluador. Los valores de puntuación van desde el 0 al 2.


El candidato que haya obtenido un Valor Final igual o mayor a 13 califica para continuar con el proceso para el reconocimiento como árbol patrimonial. 

Una vez determinado el valor final aprobatorio del candidato, la GGA elabora el Informe Técnico (IT) en base a toda la información que sustente la calificación del candidato como árbol patrimonial, incluyendo en el expediente la SRAP, la FTP y la FTD, el cual se remite a la Gerencia de Asesoría Legal (GAL) o la que haga sus veces. En caso de que el candidato obtenga una puntuación menor a 13 se comunica al proponente.

Elaboración del Informe Legal


La GGA revisa el expediente y elabora el Informe Legal (IL) respectivo, adjuntando el Proyecto de Ordenanza que reconoce al árbol patrimonial, y deriva el expediente al Concejo Municipal para su trámite respectivo.


Publicación de la Ordenanza Municipal


La municipalidad provincial o distrital, mediante Ordenanza Municipal, aprueba el reconocimiento del árbol patrimonial. 

Una vez aprobada la Ordenanza Municipal, se remite al área responsable para su publicación respectiva, en los medios que correspondan. Asimismo, se notifica la citada Ordenanza a la Municipalidad Provincial, al Serfor y al Ministerio del Ambiente (Minam), según corresponda. La GGA se encarga del registro de los árboles patrimoniales.

Rotulación del árbol patrimonial


Los árboles patrimoniales reconocidos se rotulan, a fin de brindar la información básica para identificación visual de los gestores, usuarios y/o visitantes. 


La placa contiene datos como el número de registro, nombre común, nombre científico, dimensiones, coordenadas, fecha de declaración y sus criterios básicos que sustentan su valor patrimonial.

Para conocer mayores detalles de la guía ingresar al siguiente enlace.

(FIN) LZD/MAO

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Publicado: 6/4/2021