El pleno del Congreso de la República sesiona hoy desde la 10:00 horas para debatir una agenda en la cual se ha priorizado, entre otros, la reforma constitucional que inhabilita a las personas sentenciadas por determinados delitos postular a cargos de elección popular y ejercer cargos de confianza durante los diez años posteriores al cumplimiento de sus sentencias.
Se trata del dictamen recaído en los proyectos de ley 672, 682, 1244, 1374 y otros que proponen la ley de reforma constitucional que modifica los artículos 34-A, 39- B y el inicio 22 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, ley que garantiza la idoneidad para el ejercicio de la función pública.
Según la iniciativa, están impedidos de postular a cargos de elección popular y de ejercer cargos de confianza, “hasta diez años después de haber sido rehabilitados”, quienes tengan condena de pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autores, cómplices o instigadores por la comisión dolosa de diversos delitos.
Estos son: terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio, trata de personas, secuestro, delito contra la seguridad nacional y traición a la Patria, y contra los poderes del Estado y el orden constitucional.
Pensión e inteligencia
La Junta de Portavoces también acordó privilegiar en el debate el proyecto de ley que plantea aplicar el derecho de igualdad en el acceso a la pensión de viudez regulada por el Decreto Ley 19990.
En este se modifica el artículo 53 del mencionado decreto ley, que dispuso la creación del Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad social, a fin de establecer que la cónyuge o integrante de una unión de hecho viuda de un pensionista fallecido tiene derecho a pensión.
También se acordó dar preferencia a la discusión de la ley que busca fortalecer las funciones de supervisión y control de la Dirección Nacional de Inteligencia, incluyendo en estas “supervisar y controlar a otros organismos del Poder Ejecutivo” que desarrollan actividades de inteligencia.
En el texto del dictamen se especifica que están exceptuadas de esa supervisión y control la Unidad de Inteligencia Financiera y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
(FIN) RMCH/JCR
GRM
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Publicado: 16/5/2024