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Congreso: pleno aprobó modificar Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo

Defensor del pueblo elegirá a sus adjuntos y al secretario técnico de la comisión especial de la JNJ

ANDINA/Daniel Bracamonte

ANDINA/Daniel Bracamonte

21:12 | Lima, abr. 4.

El pleno del Congreso de la República aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio que propone modificar la Ley 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo para promover su fortalecimiento institucional.

La representación nacional aprobó por 72 votos la propuesta legislativa, la cual faculta al defensor del pueblo a elegir a sus adjuntos en la Defensoría del Pueblo y al secretario de la comisión especial de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).


El proyecto establece que el defensor del pueblo cesará por vencimiento del plazo de designación y siempre que haya sido elegido su sucesor.


Asimismo, se señala que este alto funcionario estará auxiliado por adjuntos que lo representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones previstas en esta ley.

"El cargo de defensor adjunto es de libre designación y remoción por el defensor del pueblo, observando el perfil y la idoneidad que correspondan, de conformidad a las normas de la materia. Para asumir el cargo de defensor adjunto se requiere haber cumplido 35 años", señala la propuesta legislativa.

Se establece también que la Defensoría del Pueblo cuenta con oficinas en cada capital de departamento y los jefes de estas oficinas son designados por el defensor del pueblo bajo los mismos criterios y condiciones establecidos para los adjuntos. 

Ley Orgánica de la JNJ

El texto sustitutorio aprobado esta noche también incluye una disposición complementaria única que modifica la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a fin que el defensor del pueblo pueda nombrar al secretario técnico de la comisión especial de la JNJ. 

"La Secretaría Técnica Especializada es un órgano de apoyo a la Comisión Especial, se encuentra adscrita al despacho del defensor del pueblo, tiene carácter permanente y su titular es designado mediante resolución del defensor del pueblo", se lee en disposición complementaria. 

Con la normativa vigente, tanto los adjuntos de la Defensoría del Pueblo, como el secretario técnico de la comisión especial de la JNJ debían pasar por un concurso público para su designación.

(FIN) RMCH/JCR

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Publicado: 4/4/2024