Andina

Congreso: pleno amplía la prohibición de las comunicaciones spam

Cortesía

Cortesía

18:09 | Lima, jun. 6.

El pleno del Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio del dictamen que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de ampliar la prohibición de las comunicaciones spam.

La propuesta legislativa señala que todo consumidor tiene derecho a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos, lo cual implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo. 

En ese sentido, se precisa que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que empleen centros de llamadas (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno.

La única excepción para el envío de comunicación comercial o publicitaria se establece cuando el consumidor, por iniciativa propia, se contacta directamente con el proveedor y manifiesta su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco de ser contactado a través un número telefónico, dirección electrónica o cualquier otro medio análogo de comunicación.


Este consentimiento, se indica, puede ser revocado con efecto inmediato y sin expresión de causa, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales. "La vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción muy grave".

Para garantizar la protección del consumidor contra métodos comerciales agresivos o engañosos, el Estado establece las reglas para el adecuado uso de envío de mensajes y llamadas en las redes de telecomunicaciones. 

Además, el proyecto aprobado señala que el Poder Ejecutivo establecerá la normativa adicional que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas (spam) que reciben, así como los mecanismos de validación de la información transmitidas.

El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Wilson Soto, sustentó la iniciativa que fue exonerada del trámite de segunda votación. 

En contra

La Asociación Peruana de Experiencia al cliente (APEXO) señaló que la citada autógrafa impacta críticamente en el desarrollo de la actividad formal de publicidad comercial a través de call centers, emailing masivo, SMS, o actividades de telemercadeo.

En ese sentido, indicó se puede dejar sin empleo formal a más de 20,000 jóvenes, quienes optan por esta opción como su primera experiencia laboral, madres cabeza de familia y personas vulnerables.

Además, refieren que limita el derecho de información de los consumidores y colisiona con la normativa de protección de datos personales, que sí avala esta práctica, pues entiende que una prohibición total de contacto sería desproporcionada e inconstitucional.


(FIN) RMCH/JCR
JRA
Más en Andina



Publicado: 6/6/2024