Congreso: oficializan reglamento especial para elección de magistrados del TC

ANDINA/Archivo

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07:11 | Lima, nov. 4.

El Congreso publicó hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la Resolución del Senado 003-2026-2027-S, por la cual se aprueba el reglamento especial de elección de magistrados del Tribunal Constitucional (TC), máximo intérprete de la Constitución.

La resolución lleva la rúbrica del presidente del Senado, Miguel Ángel Torres, así como del primer vicepresidente de la Cámara Alta, Alejandro Muñante, y establece las siguientes consideraciones:

Fases del procedimiento

Fase de selección: estará a cargo de la Comisión de Procedimientos Especiales, la cual conduce un concurso público de méritos que abarca desde la convocatoria hasta la elaboración del cuadro de méritos.

Fase de elección: reservada exclusivamente para el pleno del Senado, órgano encargado de la votación final y designación de los magistrados entre los candidatos aptos propuestos.


Requisitos de elegibilidad

Para postular al cargo, los candidatos deberán ser peruanos de nacimiento y ciudadanos en ejercicio, tener más de 45 años de edad, acreditar una sólida trayectoria profesional (haber sido magistrado de la Corte Suprema o fiscal supremo, magistrado/fiscal superior durante 10 años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica por un mínimo de 15 años).

De igual forma, carecer de investigaciones preparatorias o condenas penales por delitos dolosos.

Se mantienen impedimentos e incompatibilidades para jueces y fiscales que no hayan dejado sus cargos con un año de anticipación, inhabilitados por el Congreso, deudores alimentarios, deudores de reparaciones civiles y exfuncionarios de gobiernos de facto.

Sistema de calificación

El concurso evaluará a los postulantes sobre un total de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

Evaluación curricular (hasta 70 puntos): dividida en formación académica (hasta 30 puntos), experiencia profesional (hasta 30 puntos) e investigación jurídica (hasta 10 puntos). Será requisito indispensable alcanzar un mínimo de 50 puntos para no quedar descalificado en esta etapa.

Entrevista personal (hasta 30 puntos): de carácter público y presencial, evalúa la trayectoria y solvencia moral del candidato. Requiere un puntaje mínimo de 10 puntos para ser aprobado.

Puntaje final: Para ser considerado formalmente como candidato apto, el postulante deberá acumular un puntaje final igual o superior a 60 puntos.

Control ciudadano y transparencia

El reglamento incorpora mecanismos de fiscalización directa para garantizar la idoneidad de los aspirantes:

Tachas ciudadanas: Cualquier ciudadano podrá formular tachas debidamente sustentadas contra los candidatos dentro del plazo de 10 días hábiles tras la publicación de las candidaturas admitidas, sin necesidad de firma de abogado ni pago de tasas.

Control patrimonial: La Contraloría General de la República intervendrá activamente revisando las declaraciones de ingresos, bienes, rentas y conflictos de intereses de los postulantes antes de la fase de entrevistas.

Pleno del Senado

El presidente de la Comisión de Procedimientos Especiales remitirá al presidente del Senado la lista de candidatos aptos elaborada sobre la base del cuadro de méritos junto con el informe final para la votación.

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(FIN) VVS

Publicado: 4/11/2026