Congreso: modifican impuestos para otorgar beneficios a fondos de vivienda de PNP y FFAA

A través de modificación de Ley del IG e ISC

ANDINA

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11:42 | Lima, dic. 4.

El pleno del Congreso aprobó un dictamen que plantea modificar la Ley del impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto selectivo al consumo (ISC), para incluir a los fondos de vivienda militar y policial en los beneficios tributarios aplicables a los créditos hipotecarios y a la primera venta de inmuebles.

Esta medida fue aprobada por la representación nacional a través del apoyo de 92 votos a favor, cero en contra y nueve abstenciones. Posteriormente, el dictamen fue exonerado de la segunda votación.

La presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Karol Paredes (Avanza País), sustentó la propuesta y dijo que esta tiene como finalidad otorgar a los fondos de vivienda militar y policial los mismos beneficios tributarios a los que gozan actualmente las entidades financieras e inmobiliarias privadas.

Se busca que las operaciones de crédito hipotecario y la primera venta de inmuebles promovidas por estos fondos queden inafectas o exoneradas del IGV, reduciendo así los costos de acceso a la vivienda digna para militares y policías, corrigiendo una situación de desigualdad frente al sector privado”, dijo.

Asimismo, refirió que la propuesta es necesaria porque elimina la inequidad tributaria que hoy encarece las viviendas destinadas al personal militar y policial.

Es viable porque respeta los principios de reserva de ley y equidad tributaria previstos en la Constitución y oportuna porque responde al déficit habitacional y a la necesidad de garantizar condiciones de bienestar para quienes cumplen funciones esenciales de defensa y seguridad ciudadana”, sentenció.

Sostuvo que la iniciativa hace justicia tributaria a las operaciones de naturaleza equivalente.

Nuestros policías y miembros de las Fuerzas Armadas no pueden ser marginados y no aplicárseles los beneficios que gozan los otros ciudadanos”, manifestó.

El texto sustitutorio modifica el artículo 2 y el apéndice 1 del Texto Único Ordenado de la ley del IGV e ISC, para incorporar como inafectas las operaciones de crédito hipotecario otorgado a los fondos de vivienda militar y policial y exonerar del impuesto la primera venta de inmuebles que estos financien, siempre que el valor no supere los 35 UIT, y estén destinados exclusivamente a vivienda.

Además, modifica los artículos 16 y 17 de la Ley 24686 para extender las exoneraciones a los contratos y préstamos gestionados por los fondos.

(FIN) JCC

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Publicado: 4/12/2025