La Comisión de la Mujer y Familia, presidida por la legisladora, Lucinda Vásquez Vela, aprobó por mayoría el proyecto de ley que garantiza el acceso a pensión de Orfandad de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) de pueblos indígenas, dentro de los alcances de la Ley 31405.
La mencionada ley promueve la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad. Fue decretada en mayo del 2022 para otorgarles asistencia económica y brindar acompañamiento profesional para garantizar el acceso a la salud, y continuidad educativa.
Contempla a los beneficiarios (NNA) en situación de orfandad, por haberse producido el fallecimiento de su madre, padre, ambos o tutor legal.
También beneficia a los menores que padezcan enfermedades crónicas o aquellos que tengan alguna discapacidad; los que tendrán preferencia respecto del otorgamiento de los beneficios establecidos por dicha ley.
La legisladora Ruth Luque, autora del PL 369172022-CR, explicó que su iniciativa tiene por objeto garantizar, especialmente, que los alcances de la Ley cubran las necesidades de niños, niñas y adolescentes miembros de pueblos indígenas y comunidades en condición de pobreza y pobreza extrema, ubicadas en las zonas rurales y amazónicas del país.
Estos niños y adolescentes pertenecientes a poblaciones indígenas u originarias, que por causa o falta de conexión a internet, o debido a la distancia geográfica o cualquier otra razón no puedan acceder a los beneficios establecidos en la Ley, podrán presentar sus solicitudes a través de los representantes de sus pueblos indígenas al INABIF, institución que deberá valorar, evaluar e incorporarlos al registro nominal de personas beneficiarias.
Talleres escolares
Con votación unánime se aprobó el predictamen del proyecto de ley 3014/2022-CR, que propone declarar de interés nacional la implementación de talleres escolares, para promover la autoestima, liderazgo en niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa de la legisladora, Mery Infantes Castañeda, establece la implementación de talleres escolares formativos de liderazgo en las instituciones educativas públicas y privadas, en todas las modalidades y en los tres niveles de educación básica, priorizando su promoción en niñas y adolescentes para cerrar las brechas de desigualdad de género.
La norma propone que las entidades competentes para su cumplimiento serán los ministerios de Educación y Mujer y Poblaciones vulnerables, en coordinación con los gobiernos regionales, unidades de gestión educativa local (UGEL) y las asociaciones de padres de familia (APAFA), en el marco de sus funciones y competencias.
La implementación de los talleres escolares formativos de liderazgo se lleva a cabo con recursos provenientes de las partidas correspondientes de las entidades competentes, sin irrogar gasto al tesoro público.
(FIN) NDP/JCR
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Publicado: 12/6/2023