Congreso destaca Ley 32312, que permitirá a serenos contar con pistolas eléctricas

Recientemente se publicó su proyecto de reglamento

Como parte del plan de seguridad "Todo los Santos" para la llegada de más de 2 millones de personas al cementerio Nueva Esperanza este viernes 1 de noviembre, se desplegarán 300 efectivos, entre ellos miembros del serenazgo, agentes motorizados, fiscalizadores e inspectores. Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte

Como parte del plan de seguridad "Todo los Santos" para la llegada de más de 2 millones de personas al cementerio Nueva Esperanza este viernes 1 de noviembre, se desplegarán 300 efectivos, entre ellos miembros del serenazgo, agentes motorizados, fiscalizadores e inspectores. Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte

17:00 | Lima, oct. 28.

El Congreso de la República destacó la aprobación de la Ley 32312, que equipa a los serenos municipales con pistolas eléctricas o de electrochoque como medio de defensa, ello en cumplimiento de su compromiso de brindar herramientas normativas que contribuyan a la lucha frontal contra la ola de criminalidad que vive el país.

"La iniciativa parlamentaria, que modifica la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, obtuvo un amplio consenso de la representación nacional en la sesión del pleno del 10 de abril del presente año", informó dicho poder del Estado.

Precisaron también que el uso de estos dispositivos no letales está sujeto a capacitaciones rigurosas que incluyen entrenamiento en campo, simuladores y polígonos de tiro.

Ante el contexto de inseguridad que atraviesa el país, diversos legisladores propusieron dotar de mayores recursos al personal de serenazgo, que, en muchas ocasiones, son los primeros que llegan a enfrentar una situación de emergencia.


También señalaron que la norma cuenta con una disposición complementaria final que exime al sereno de responsabilidad penal cuando hay ejercicio de la legítima defensa.

“El personal de serenazgo municipal que, en el cumplimiento de sus funciones y haciendo uso de un medio de defensa en forma reglamentaria, cause daño contra la vida, el cuerpo y la salud, está exento de responsabilidad penal de conformidad con el numeral 9 del artículo 20 del Código Penal, Decreto Legislativo 635”, se lee en la Ley 32312.


Proceso de reglamentación

La norma dispone que, luego de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, realizada el 28 de abril pasado, el Poder Ejecutivo debe implementar su reglamentación en un plazo máximo de 60 días calendario.

Recientemente, el 1 de octubre pasado, se publicó un proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, para adecuarlo a las disposiciones de la nueva norma.

El texto propuesto se encuentra disponible en los portales del Ministerio del Interior y del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec), así como su exposición de motivos. El propósito de ello es de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil y/o las personas naturales en general.


(FIN) NDP/MCA/CVC


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Publicado: 28/10/2025