Congreso: Comisión Permanente aprueba incorporar delitos de lesa humanidad al Código Penal

En segunda y definitiva votación

Cortesía

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18:04 | Lima, jul. 9.

La Comisión Permanente del Congreso aprobó esta tarde, en segunda y definitiva votación, el proyecto de ley que incorpora los delitos de lesa humanidad al Código Penal, iniciativa que fue aprobada en primera votación en el Pleno del Parlamento del 23 de junio pasado.



Dicha propuesta fue aprobada por 14 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones, durante la sesión vespertina de la Comisión Permanente, presidida por el titular interino del Parlamento, Fernando Rospigliosi. Establece una regulación específica para este tipo de crímenes conforme a los criterios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.


Esta propuesta se origina en el Proyecto de Ley 14337/2025-CR, "Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incorporar los delitos de lesa humanidad", presentada por el congresista Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular). 

El proyecto aprobado incorpora un nuevo Título XIV-B y el Capítulo VI en el Código Penal para regular los delitos de lesa humanidad, el mismo que establece sanciones de no menor de 30 años a cadena perpetua a los autores de estos graves delitos.

"Toda persona que realiza, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una determinada población civil, con intención y conocimiento de dicho ataque, los delitos de homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada  ytortura previstos en el Código Penal, es reprimida con pena privativa de libertad no menorde treinta años a cadena perpetua...", establece el texto.

No obstante, precisa que dichas sanciones serán aplicables cuando concurran los siguientes elementos constitutivos; ataque generalizado y masivo contra un gran número de personas; contra la población civil que no es parte de un combate interno o externo; y cuando existe conocimiento y conciencia generales del ataque por parte del autor de estos hechos.

Fuero común

Según la primera disposición complementaria final de dicha propuesta, en caso de que en la comisión de un acto delictivo no concurran los elementos constitutivos mencionados, dicho acto delictivo será considerado delito común y se aplicarán las sanciones previstas en la normativa respectiva del Código Penal. 

Asimismo, señala que los delitos de lesa humanidad a que se refiere el capítulo VI, “Delitos de Lesa Humanidad”, incorporado en el Código Penal mediante la presente ley, se tramitan en la vía ordinaria y ante el fuero común.

Finalmente, se establece que, "La presente ley se aplica de forma Inmediata a los casos en trámite donde se haya utilizado o propuesto la aplicación de los delitos de lesa humanidad; o, a los procesos en los que, aún con condena, sean objeto de revisión, nulidad u otro recurso o garantía que permita su aplicación constitucional de acuerdo con las definiciones expuestas en la presente ley".   

(FIN) HTC/FHG

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Publicado: 9/7/2026