Congreso: comisión aprueba que trabajadores con cáncer obtengan licencia remunerada

El cáncer es la segunda causa de muerte en el país, con aproximadamente 35,000 muertes por año. Foto: ANDINA/Minsa

El cáncer es la segunda causa de muerte en el país, con aproximadamente 35,000 muertes por año. Foto: ANDINA/Minsa

09:07 | Lima, ene. 27.

Un dictamen que propone otorgar licencia remunerada durante un año a favor de los trabajadores que tengan diagnóstico de cáncer aprobó la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso. Conoce detalles de la propuesta.

¿Qué dice el dictamen aprobado?

La fórmula legal aplica a los trabajadores comprendidos en los regímenes del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; por la Ley 30057, Ley del Servicio Civil; y el Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS).

Para ello, deben cumplir los requisitos de licencia obtenida por el trabajador con diagnóstico de cáncer, que tiene carácter irrenunciable; así como los beneficios obtenidos por decisión unilateral del empleador o por convenio colectivo que tengan como base el mismo o similar diagnóstico, que siguen vigentes en cuanto le sean más favorables al trabajador.

Además, la propuesta establece que las entidades de la administración estatal deben conservar la plaza del trabajador con diagnóstico de cáncer durante el lapso que se extienda la licencia.

Hijos mayores como derechohabientes


Además, el grupo de trabajo aprobó, por unanimidad, el dictamen que modifica la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, para ampliar la cobertura familiar y reconocer como derechohabientes a los hijos mayores de edad estudiantes hasta los veinticinco años y a los padres dependientes económicamente.

La iniciativa propone ampliar la cobertura del régimen contributivo de la seguridad social en salud administrado por EsSalud, buscando incluir dentro de la categoría de derechohabientes o asegurados a determinados grupos familiares que actualmente presentan vacíos de protección.


Dictamen a favor de madres trabajadoras


La Comisión de Trabajo aprobó también, de manera unánime, el dictamen que propone modificar la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, para fortalecer la protección constitucional de la madre trabajadora.

Se incorpora en el artículo 16 de la mencionada norma el siguiente texto: "Excepcionalmente, la madre o el padre trabajadores podrán solicitar la modalidad del teletrabajo cuando tengan responsabilidad del cuidado de su hijo o hija recién nacido hasta que tenga un año de edad, conforme a los términos establecidos en el reglamento de la presente ley".


El dictamen agrega que, en dicho caso, el empleador evaluará la solicitud y cambio de modalidad conforme a sus obligaciones y facultades.

"Concluido el supuesto que dio origen a la aplicación del teletrabajo, el teletrabajador retorna a la situación previa a la aplicación de dicha modalidad, salvo pacto en contrario", concluye el texto incorporado.

(FIN) NDP/MCA/CVC
JRA


Más en Andina:

Publicado: 27/1/2026