La bancada de Avanza País plantea el retorno del sistema bicameral en el Congreso, a través de un proyecto de ley que modifica la Constitución.
La iniciativa legislativa, elaborada por el parlamentario Alejandro Cavero considera la implementación de una Cámara de Senadores y otra de Diputados, ambas con sede en la capital.
Propone, además, que la Cámara de Diputados cuente con 130 integrantes y que la de Senadores, 60, elegidos todos por un periodo de cinco años.
En el caso de senadores plantea que la elección sea por distrito electoral único.
Requisitos y competencias
Para ser elegido senador, señala el proyecto, se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 35 años y gozar del derecho de sufragio.
Asimismo, precisa que los candidatos a la Presidencia o vicepresidencias de la República pueden ser, en simultáneo, candidatos a una representación en la Cámara de Senadores. Si el candidato a la Cámara de Senadores hubiese sido elegido presidente de la República, no podrá asumir el cargo de senador.
Los diputados y senadores pueden ser reelegidos en sus cargos. Quienes hayan sido diputados podrán postular a la Cámara de Senadores, pero quienes hayan sido senadores no podrán postular a la Cámara de Diputados.
La función de diputado y senador es de tiempo completo: les está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Parlamento.
Según el proyecto, son atribuciones de la Cámara de Diputados aprobar las propuestas legislativas a ser enviadas a la Cámara de Senadores, interpelar y censurar a ministros de Estado, aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo, nombrar comisiones investigadoras e iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público.
En el caso del Senado, sus competencias son revisar y aprobar las propuestas legislativas aprobadas por la Cámara de Diputados, presentar propuestas legislativas respecto a leyes orgánicas y de reforma constitucional, elegir al defensor del Pueblo, designar al contralor general de la República, a propuesta del Poder Ejecutivo.
De igual forma, elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional, autorizar al Presidente de la República para salir del país, elegir a tres directores del Banco Central de Reserva y ratificar la designación de su presidente; remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia por falta grave, y ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Asimismo, revisar los decretos de urgencia dictados por el Presidente de la República durante el interregno parlamentario, y proceder a su prórroga, modificación o derogatoria si fuera el caso.
(FIN) VVS/CVC
GRM
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Publicado: 9/11/2021