La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República aprobó este martes un dictamen mediante el cual se establece la reducción de multas por no informar los gastos realizados en campaña política.
Actualmente, la ley de organizaciones políticas indica que si un candidato no reporta sus ingresos y gastos de campaña debe pagar entre 10 UIT a 30 UIT.
La comisión aprobó con 12 votos a favor, 3 en abstención y 1 en contra el Dictamen recaído en los proyectos de ley N° 533 N° 823 y N° 1214, “Ley que modifica la Ley N° 28094, Ley de organizaciones políticas para establecer criterios de proporcionalidad en aplicación de sanciones a candidatos por no informar los gastos e ingresos efectuados durante la campaña y conductas prohibidas y propaganda electoral”.
Uno de los cambios principales es que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá aplicar ahora una multa no menor a 1 UIT ni mayor a 5 UIT en caso un candidato no informe sus gastos e ingresos efectuados durante su campaña. Asimismo, el plazo de prescripción tras imponerse la multa será de un año.
Por otro lado, en caso un candidato entregue dádivas o realicen promesas de entrega de dinero, la multa será ahora no menor a 5 UIT ni mayor a 30 UIT. La ley actual fija la sanción en 30 UIT.
En caso un candidato cometa nuevamente una infracción sobre dádivas, con posterioridad a que la sanción de multa adquiera la condición de firme y consentida, el JNE podrá disponer su exclusión del proceso electoral o si el bien otorgado a las personas supera las 2 UIT.
El dictamen deberá ser debatido en Pleno del Congreso para su aprobación final y posterior promulgación por parte del Poder Ejecutivo.
(FIN) GDS/JCC
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Publicado: 29/3/2022