Según el dispositivo durante la ampliación de la legislatura se tratará los siguientes asuntos materia de una agenda fija:
-Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa y otros asuntos que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso al 15 de junio del 2023.
-Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa y otros asuntos que se incluyan en la Agenda del Pleno del Congreso, por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
- Las propuestas del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia.
- Las denuncias constitucionales aprobadas por la Comisión Permanente.
-La delegación de facultades legislativas a la Comisión Permanente del Congreso.
Según el artículo 49 del Reglamento del Congreso, dentro del período anual de sesiones, habrá dos períodos ordinarios
de sesiones o legislaturas: el primero se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre, mientras que el segundo se inicia el 01 de marzo y termina el 15 de junio.
Se precisa que en cualquiera de los dos casos el Presidente del Congreso puede ampliar la convocatoria con agenda fija. También debe ser convocado si lo solicita por lo menos el 50% más uno de los congresistas.
(FIN) RMCH/JCR