La condena de cinco años prisión efectiva contra el expresidente regional del Callao, Alex Kouri, es un aliciente para el sistema judicial del país y es una sentencia importante porque permitirá desmontar una supuesta organización criminal el primer puerto, afirmó el exprocurador anticorrupción, Julio Arbizu.
“Esta es una condena importante que, ojalá, empiece desmontar la organización criminal que se había apoderado de los designios en el Callao, de todo lo que se hacía y deshacía en términos de administración pública (…) y no deja de ser un aliciente para el sistema de justicia”, manifestó a la Agencias Andina.
Sin embargo, Arbizu consideró que, lamentablemente, la condena todavía es bastante leve, pues se trata de un delito grave de corrupción y está (cinco años) por debajo del mínimo.
“El delito que se le atribuyó a Kouri es colusión, que es uno de los más graves dentro del catálogo de delitos contra la administración pública”, comentó.
A pesar de ello, precisó que al no existir muchas condenas relacionadas a este delito, “esta sentencia puede ser un primer paso importante” y permitirá que desde ahora “se empiece a tomar con seriedad este tipo de casos”.
Condena
La Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima dictó hoy dicha sentencia contra Kouri por la comisión de delito de colusión agravada en el caso Convial (Vía Expresa del Callao), y le ordenó pagar 26 millones de soles como reparación civil.
De acuerdo con el Ministerio Público, Kouri convocó el concurso público de proyectos integrales para la construcción de la denominada vía Expresa del Callao, en junio de 1999, por 45 millones 574,716 dólares.
En la acusación se indica que se suscribió con Javier Roberto Lowry Gazzini, representante legal de Convial, siete adendas que al parecer favorecían los intereses patrimoniales de la citada empresa, en perjuicio del Estado.
La pena impuesta a Kouri empezó a regir hoy y terminará el 29 de junio del 2021. Asimismo, se dispuso su internamiento en cárcel pública, proceso que llevará a cabo el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
(FIN) JCC/SMA
JRA
Publicado: 30/6/2016