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¿Cómo ser una familia acogedora temporal de niños y adolescentes desprotegidos? [video]

Parejas o personas solas pueden proteger temporalmente a menores en desprotección familiar

La campaña es a nivel nacional y el acogimiento es temporal. Si la familia desea adoptar al menor, deberá completar todo un ciclo de capacitación y calificación.

La campaña es a nivel nacional y el acogimiento es temporal. Si la familia desea adoptar al menor, deberá completar todo un ciclo de capacitación y calificación.

15:32 | Lima, may. 24.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) inició la campaña “Cambia su historia, sé una familia acogedora” con el objetivo de promover que más personas y familias sean acogedoras de un niño, niña o adolescente en situación de desprotección familiar, es decir, que por el momento no puede vivir con su madre, padre o algún miembro de su familia.


En entrevista con Andina al Día, Oscar Alva, director de Niñas, Niños y Adolescentes del MIMP, informó que a la fecha ya son 299 personas y familias acogedoras que dan su espacio familiar para brindar protección temporal y cuidados diarios a uno de los menores.


“Las familias acogedoras son una ayuda importantísima que evita que estas niñas, niños y adolescentes vayan a un centro de acogida residencial, que el público usualmente conoce como casas hogares, albergues, etc. Por más óptima que sea la atención en estos centros, ya existen estudios nacionales e internacionales que dicen que es más idóneo y beneficioso estar en un medio familiar que en un medio institucional”, señaló.


En ese sentido, el propósito de la campaña es que el medio familiar sea prioritario al medio institucional, por ello, cuando la persona o familia culmina su tiempo de cuidado, dijo, termina convirtiéndose en una extensión del círculo de protección a estas niñas, niños y adolescentes. 

“Lo que nosotros promovemos no es que entren y salgan, sino al contrario, que se conviertan en referentes positivos en sus vidas”, anotó.


Este acogimiento dura hasta que se defina la situación jurídica de la niña, niño o adolescente: “Depende mucho del caso concreto. Hemos tenido diversidad de situaciones, en algunos casos han sido días, semanas, meses, pero depende mucho del trabajo y el progreso que van teniendo las familias de origen”.

Es por ello que, en paralelo, las Unidades de Protección Especial (UPE) del MIMP trabajan con las familias de origen, informó, para recomponer aquellos factores de riesgo identificados, porque el derecho de todo niño, niña o adolescente es vivir con su familia.


Alva Arias aclaró que ser una familia acogedora es distinto a si una persona o familia está interesada en el proceso de adopción. Este trámite tiene su propio camino, que también puede realizarse a través del MIMP ingresando su solicitud al sistema de adopciones.

“Es importante mencionar que este servicio, que apela mucho a la solidaridad de las personas, es para un acogimiento temporal”, recalcó.


Hasta el momento hay familias acogedoras en Lima, Callao, Junín, Madre de Dios, Lambayeque, Arequipa, Piura, Ucayali, La Libertad, Áncash, Tumbes, Tacna, Ica, Loreto, Cajamarca, Huánuco, Amazonas, San Martín, Cusco, Apurímac, Puno y Pasco.

¿Cómo solicitar ser una persona o familia acogedora?


A nivel nacional, toda persona sola, familia, pareja de convivientes, personas casadas, etc., puede solicitar ser una Familia Acogedora del MIMP siempre que tenga la voluntad y capacidad de brindar afecto y cuidado temporal en su hogar a uno de los 237 niños, niñas y adolescentes desprotegidos en el Perú -según el corte más reciente-.

Para postular pueden comunicarse a través de la línea gratuita 1810 o ingresar a la web de Familias Acogedoras del MIMP, donde aparecen todos los requisitos, los formularios y se puede hacer la solicitud online. En el caso de convivientes o casados, deben postular conjuntamente.

Los requisitos para constituirse en persona o familia acogedora son:

- Contar con mayoría de edad

- Acceder de forma voluntaria a ser familia acogedora

- En caso hubiera hijas o hijos de la familia, se recibirá su opinión en función a su edad y grado de madurez, así como de los demás miembros de la familia que vivan con ellos.

- Los cónyuges o convivientes deben presentar la solicitud de acogimiento familiar de manera conjunta.

- Disfrutar de un estado de salud física y psíquica que no dificulte el normal cuidado de una niña, niño o adolescente.

- Disponer de recursos necesarios para asumir los gastos de alimentación, educación, salud, vivienda y otros derivados del acogimiento.

Para que una persona o familia pueda brindar este cuidado alternativo y temporal a una niña, niño o adolescente, debe haber sido evaluada favorablemente por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial, incorporada al Banco de Familias Acogedoras del MIMP y capacitada.


Pasadas las evaluaciones legales, psicológicas y sociales, se emite una Resolución Administrativa que declara la capacidad de estas personas.

Acto seguido, las UPE identifican qué niña, niño o adolescente en situación de desprotección familiar será puesto a cuidado de la persona o familia acogedora teniendo en cuenta las necesidades y el perfil que ha resultado de esta última.

“Hay un acompañamiento permanente previo al acogimiento de un niño, niña o adolescente. Y luego, durante el desarrollo de este acogimiento familiar, también se hace un monitoreo permanente, porque el propósito es que colaboren con la labor de las UPE a que los niños, niñas y adolescentes puedan volver con sus familias”, apuntó el funcionario del MIMP.

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(FIN) SRE/LIT

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Publicado: 24/5/2021