El alcalde provincial de Ayabaca, Baldomero Marchena Tacure, y su padre y burgomaestre distrital de Lagunas, Humberto Marchena Villegas, y otros seis imputados deberán purgar 36 meses de prisión preventiva por disposición del magistrado del Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Sullana, Jorge Andrés Nole Sócola.
Tras 17 días de audiencia de prisión preventiva, el juez Nole Sócola encontró graves y fundados elementos de convicción que vinculan a los imputados en la comisión de los delitos de colusión agravada y organización criminal en agravio del Estado.
Declaró fundado en parte el requerimiento fiscal y dispuso mandato de prisión preventiva por considerarla idónea y necesaria a los imputados Humberto Marchena Villegas, Bianca Nonajulca Ávila, Cristian Eduardo Merino Samamé, en calidad de presuntos autores del delito de organización criminal y colusión agravada en agravio del Estado.
Además, ordenó la detención de Baldomero Marchena Tacure, en calidad de presunto autor del delito de asociación criminal e inductor del delito de colusión agravada en agravio del Estado; así como de Ángel Miguel Sandoval Ojeda, Carlos Alberto Flores Paz, José Palacios Aguilar y Nélida Niño Rivera, en calidad de presuntos autores del delito de organización criminal y cómplices del delito de colusión agravada.
Mientras que Teresa Rivera Calle, Mirian Consuelo Rivera Malacatos y Guillermo Valle Tocto serán investigados con mandato de comparecencia restringida, y deberán pagar una caución.
El magistrado considera que existe un cúmulo de elementos de convicción e indicios que vincularían a Baldomero Marchena y su padre Humberto Marchena como los presuntos cabecillas de la organización criminal el Clan Marchena, que administraban, incluso, un grupo de WhatsApp para dirigir sus actividades.
Detención domiciliaria
El juez desestimó el pedido de detención domiciliaria para Humberto Marchena, de 70 años, por cuanto si bien presentó un certificado médico en el que indica que padece diabetes mellitus, malestar general y dificultad para caminar, no registra grave incapacidad física permanente, tal como señala el artículo 290 del Código Penal.
En la formalización de la investigación preparatoria se establece que el primer acto de corrupción se registró el 16 de mayo del 2012, cuando en ese entonces ocupaba la alcaldía provincial de Ayabaca Humberto Marchena Villegas.
Nole considera que existe peligro procesal, ya que a pesar de ser autoridades locales su mandato termina el 2022 y existe el riesgo de fuga y obstaculización de la justicia, pues como presuntos cabecillas podrían influir en los otros imputados (sus funcionarios); además de haber quebrantado los principios de probidad, transparencia y lealtad, al igual que los funcionarios investigados como servidores públicos.
La medida coercitiva se dispone también por la complejidad del proceso y porque se trata de un concurso de delito y el desarrollo de una gran cantidad de indicios, peritajes y otros que deberán ser investigados.