Andina

Caso McDonald´s: consideran que denuncia fiscal debe formularse por homicidio doloso

Opinan abogados Luis Lamas y Ricardo Herrera

Foto: ANDINA/Héctor Vinces.

Foto: ANDINA/Héctor Vinces.

15:15 | Lima, dic. 27.

La denuncia fiscal por la muerte de dos jóvenes trabajadores en el restaurante McDonald´s de Pueblo Libre debería darse en la vía penal por el delito de homicidio doloso, que se castiga con penas de hasta 20 años de cárcel, afirmó hoy el abogado Luis Lamas Puccio.

El experto en derecho penal dijo en diálogo con la Agencia Andina que existen varios tipos de homicidio, entre ellos el motivado por la negligencia que -anotó- parte de la premisa de que la muerte ocurrió por una impericia o por una imprudencia.

Sin embargo, añadió, este tipo de homicidio no es tan relevante en comparación al homicidio doloso, en el cual si bien no hubo la intención de matar, la muerte sí era algo previsible de que ocurriera por las graves omisiones que antecedieron.

"Si en el caso McDonald´s, Sunafil dice que estas omisiones no eran actos propios de una negligencia sino actos que hacían presumir que en algún momento iba a ocurrir un problema, entonces la denuncia debería ser por el delito de homicidio doloso; es decir, no hubo intención de matar a los jóvenes, pero sí era previsible que iba a ocurrir al ver las omisiones", refirió.


Explicó que la jurisprudencia debería desarrollar conceptos como el "homicidio por omisiones graves" para que sean denunciados como homicidios dolosos, ya que tienen una mayor pena y generan conciencia en la sociedad, a fin de que no se repitan.

"Esto debería aplicarse también cuando alguien maneja ebrio. Si tiene brevete y ha pasado los exámenes, sabe que no debe tomar antes de conducir. Y si mata a alguien, no tuvo la intención, pero fue una negligencia grave que debe castigarse como delito doloso", anotó.

Por su parte, el abogado laboralista Ricardo Herrera dijo a la Agencia Andina que los familiares de los deudos tienen dos caminos en caso busquen una indemnización económica por la muerte de los dos jóvenes. Uno de ellos es por la vía penal y la otra la vía laboral.

Recordó que en el caso de los deudos de los fallecidos en el incendio en los cines UVK de Larcomar, el fiscal trató de que las partes lleguen a un acuerdo. "En este caso sería Arcos Dorados -que opera la franquicia McDonald’s- con la familia de Carlos Gabriel Campos Zapata y Alexandra Antonella Porras Inga.

En tanto, añadió si se va por la vía laboral, los deudos pueden interponer una demanda de indemnización por daños y perjuicios ante el juez de trabajo (porque el daño ocurrió en la relación laboral de los jóvenes trabajadores con Arcos Dorados.

Manifestó que si se prueba que Arcos Dorados tenía conocimiento de que el dispensador de gaseosa estaba en mal estado, habría una responsabilidad por negligencia por parte de quienes dirigen ese restaurante en Pueblo Libre. "Serían responsables penalmente por el delito de seguridad y salud en el trabajo".

Herrera refirió finalmente que la franquicia no genera una vinculación jurídica como para responsabilizar de este caso a la matriz de McDonalds en Estados Unidos. "Eso no ocurrirá, aquí simplemente es Arcos Dorados la que responde porque es independiente de McDonalds. "En el tema de reputación sin duda sí afecta a la cadena de comida", refirió.

Finalmente, Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, manifestó que existen varios antecedentes en el Perú de que las empresas no reaccionan y no son proactivas cuando los trabajadores sufren algún problema; sin embargo, espera que ese no sea el caso de McDonald´s.

(FIN) RRC
JRA

Publicado: 27/12/2019