Canciller ante la OEA: asilo diplomático no debe concederse a personas condenadas

Y sobre las que exista serios indicios de haber cometido delitos graves

ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

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10:49 | Lima, dic. 3.

El Ministro de Relaciones Exteriores, Hugo de Zela, sostuvo ante el Consejo Permanente de la OEA que el asilo no debe concederse a personas que hayan sido condenadas o sobre las que existan serios indicios de haber cometido delitos graves como los contemplados en instrumentos internacionales y regionales sobre terrorismo y corrupción.

Al sustentar ante dicho foro la propuesta peruana para proteger el derecho de asilo diplomático y evitar la impunidad, el canciller afirmó que dicho planteamiento es consistente con los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

"Es esencial no desvirtuar la institución del asilo diplomático y evitar que se convierta, en función a criterios ideológicos, en un instrumento para eludir la justicia", remarcó.

En ese sentido, propuso que cuando se evalúen los pedidos de asilo diplomático en el marco de la Convención de Caracas de 1954 y otros instrumentos "la naturaleza de los delitos se analice de manera oportuna y objetiva, con la información proporcionada por el estado territorial, así como por otras fuentes confiables, antes de decidir si es procedente conceder el asilo solicitado".


Ello, indicó, exige que la aplicación del artículo 9 de la Convención de 1954 deje de depender exclusivamente de un criterio subjetivo y se base en procedimientos institucionales que aseguren objetividad, trazabilidad y responsabilidad del Estado.

De Zela recordó que las circunstancias prevalecientes en la época que se adoptó la Convención de Caracas de 1954, eran la de un continente plagado de gobiernos autoritarios en el marco de la Guerra Fría, lo cual no constituye la realidad de hoy. 

Por ello, insistió en que "no se ayuda a una democracia ni al estado de derecho sustrayendo de su sistema de justicia a sus políticos y a sus familiares cuando estos son procesados por delitos comunes".

"Por el contrario, el gobierno del estado asilante se expone a ser percibido como un protector de personas que por lo menos presuntamente han violado las leyes comunes de su país de origen. Con ello se erosiona la confianza de nuestros ciudadanos en el funcionamiento de sus instituciones, así como la que debe prevalecer entre nuestros países", expresó.

El Canciller dejó en claro que no se está planteando un caso específico de asilo diplomático, como el que involucra a la expresidenta del Consejo de Ministros del Perú, Betssy Chávez, ni tampoco otros ocurridos recientemente en nuestra región.

No obstante, resaltó que estos casos recientes reafirman que se ha producido una evolución negativa en la utilización del derecho de asilo consagrado en la Convención de Caracas de 1954. 

(FIN) RMCH/CVC

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Publicado: 3/12/2025