La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, señaló que no son procedentes los pedidos de recusación e inhibición planteados por el expresidente Pedro Castillo, dado que dichas figuras no están reguladas en el Reglamento del Congreso.
Durante la sesión de este grupo de trabajo, la parlamentaria precisó que esas figuras corresponden a la etapa de juzgamiento y no a la fase de investigación, situación en las que que se encuentran las denuncias constitucionales 547 y 575 acumuladas por el frustrado golpe de Estado.
El expresidente Castillo envió el pasado el 10 de noviembre una comunicación a este grupo de trabajo solicitando la recusación y apartamiento de Camones y de los congresistas miembros de dicha subcomisión que votaron a favor de su vacancia el 7 de diciembre de 2022, lo que mostraría una opinión previa a su inhabilitación.
Castillo también solicitó “la suspensión del procedimiento actualmente remitido a la Comisión Permanente”, en tanto no se resuelva el pedido de recusación.
Al respecto, Camones dijo que votó en abstención en la denuncia constitucional 656 y que no se ha acreditado el supuesto interés directo. En ese sentido, descartó una posible vulneración al derecho de defensa ya que el único abogado acreditado de Pedro Castillo renunció minutos antes de la audiencia.
Tampoco procede, según dijo, el pedido de inhibición de los congresistas que votaron por la vacancia presidencial el año 2022, porque afectaría la inviolabilidad del voto parlamentario establecido en el artículo 93 de la Constitución”.
Finalmente, Camones señaló que “el Reglamento del Congreso no contempla la suspensión del procedimiento de inhabilitación, por lo que dicho pedido también recae en improcedente”.
Denuncias improcedentes
De otro lado, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó también los informes de calificación que declaran improcedentes las denuncias constitucionales contra el congresista Héctor Valer por infracción a la Constitución y el posible delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
También se aprobó la denuncia de la ciudadana Constantina Yolanda Travi Agüero contra la congresista Martha Moyano Delgado por la presunta infracción a los artículos 43, 45 y numerales 2 y 13 del artículo 139 de la Constitución y la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad y negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.
Finalmente, está la denuncia constitucional de la ciudadana Rosa María Poveda Carranza contra los magistrados del Tribunal Constitucional Luz Pacheco Zerga, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez, por la posible comisión del delito de prevaricato, tipificado en el artículo 418 del Código Penal.
(FIN) NDP/FHG/JCC
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Publicado: 21/11/2025