Andina

Bonos de arrendamiento: otorgarán 172 títulos a damnificados en Ucayali y Huánuco

Familias beneficiadas recibirán S/ 500 mensuales para alquilar una vivienda segura por un periodo máximo de 2 años

Foto: cortesía.

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08:53 | Lima, jun. 8.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) otorgará 172 bonos de 500 soles mensuales hasta por dos años a familias con viviendas afectadas por lluvias en las regiones de Ucayali y Huánuco.

A través de las resoluciones ministeriales 210-2024-Vivienda y 211-2024-Vivienda, publicadas hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron la décima sétima y la décima octava convocatoria del 2024 del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencia (BAE).




El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la décima sétima convocatoria del 2024 para el otorgamiento de 91 bonos de arrendamiento de vivienda para emergencia dirigidos a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en el distrito de Sarayacu de la provincia de Ucayali del departamento de Loreto, declarado en estado de emergencia mediante el Decreto Supremo 012- 2024-PCM.

Asimismo, se aprobó la décima octava convocatoria del 2024 para el otorgamiento de 81 bonos de arrendamiento de vivienda para emergencia dirigidos a damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en varios distritos de algunas provincias del departamento de Huánuco.

Las viviendas colapsadas o inhabitables a que se refiere el párrafo anterior han sido validadas por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo.




El valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de 500 soles y, se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Loreto y Huánuco. 

La relación de potenciales beneficiarios se publica al día siguiente de la publicación de la presente resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano en las sedes digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda (www.mivivienda.com.pe).

Igualmente, en el local de las municipalidades de los distritos detallados en la "Tabla: resumen de bonos de arrendamiento de vivienda para emergencia (BAE) a convocar".


Gobierno convocó más de 14,200 bonos de arrendamiento para damnificados el 2023


Los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial, pueden presentar los siguientes documentos con la firma del representante del grupo familiar: 

i) La solicitud de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencia.

ii) La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en los departamentos de origen.

iii) El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público o, de ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes.


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(FIN) JJN/JJN
GRM

Publicado: 8/6/2024