El crédito suplementario aprobado por el Congreso, y propuesto por el Gobierno, contempla la entrega de un bono de 220 soles a los docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados de las Instituciones Educativas de educación básica y técnico productiva.
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El artículo 20 de la Ley Nº 31912 autoriza, excepcionalmente, y por única vez, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Defensa, al Ministerio del Interior y a los gobiernos regionales, durante el Año Fiscal 2023, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de 220 soles para los docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados de las Instituciones Educativas de educación básica y técnico productiva que laboran en las unidades ejecutoras de educación de Lima Metropolitana y de los gobiernos regionales.
Asimismo, se autoriza el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de 220 soles para los docentes de las instituciones educativas de educación básica gestionadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior.
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Para tal efecto, el Ministerio de Educación, los gobiernos regionales y el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior quedan exceptuados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
La bonificación excepcional no tiene naturaleza remunerativa, ni carácter pensionable y no se encuentra sujeta a cargas sociales, ni forma parte de los beneficios laborales.
Asimismo, no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas económicas.
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El personal beneficiario de la bonificación excepcional debe contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a la fecha de publicación de la presente norma.
Se considera labor efectiva si el personal beneficiario se encuentra en uso de su descanso vacacional o licencia con goce de remuneraciones al 30 de junio del 2023.
Bono en una sola entidad pública
Asimismo, en la norma se precisa que los docentes y auxiliares de educación reciben la bonificación extraordinaria en una sola entidad pública.
Finalmente, se autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los gobiernos regionales, del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior hasta por 81 millones 934,820 soles.
Igualmente, se autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de las unidades ejecutoras de educación de Lima Metropolitana hasta por 14 millones 340,700 soles para el financiamiento de la bonificación.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 27/10/2023