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Bicameralidad: estos son cambios que plantea reforma aprobada en el Congreso

ANDINA/Difusión

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14:30 | Lima, mar. 7.

El Congreso de la República aprobó en segunda votación el dictamen de reforma constitucional que plantea el retorno a un Parlamento bicameral y establece las funciones tendrán tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores.

La norma entrará en vigencia una vez que sea promulgada por el Ejecutivo y se aplicará para las elecciones generales del  2026.

Estos son los principales cambios que plantea el dictamen  a la Constitución:

Bicameralidad

El Congreso estará conformado por una Cámara de Diputados, con 130 integrantes, y una Cámara de Senadores, con 60 integrantes. En total, la ciudadanía deberá elegir en las próximas elecciones del 2026 a 190 representantes, entre senadores y diputados.

Los 60 senadores serán elegidos en proceso electoral, asegundo al menos uno por cada circunscripción electoral, es decir, Lima, Callao, Lima Provincias, peruanos en el exterior y cada una las regiones; los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional. 

Son atribuciones del Senado aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la cámara de diputados; elegir al defensor del pueblo, contralor, Tribunal Constitucional, a 3 directores del BCR y ratificar a su presidente, ratificar al superintendente de la SBS, autorizar el viaje del presidente de la república  y otras establecidas en la ley.

La Cámara de Diputados tendrá como función dar leyes, velar por el respeto a la Constitución, aprobar el presupuesto de la república, autorizar empréstitos, ejercer el derecho de amnistía, aprobar leyes de demarcación, y otras atribuciones que señala la Constitución.

Voto de confianza

El dictamen dispone además que ya no será necesario que la Cámara de Diputados otorgue el voto de confianza a un nuevo Gabinete Ministerial. A los 30 días se asumidas las funciones, el presidente del Consejo de Ministros y su Gabinete acuden al Congreso para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. “La exposición no da lugar al planteamiento de cuestión confianza”, señala.



La interpelación a los miembros del Gabinete será una atribución de la Cámara de Diputados, que también podrá convocar a los ministros de Estado cuando lo requiera. Esta cámara hace efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros, o de los ministros por separado, mediante el voto de censura o el rechazo de la cuestión de confianza. 

La Cámara de Diputados podrá ser disuelta por el presidente de la república si ha censurado o negado la confianza a dos consejos de ministros. La cámara de Senadores no podrá ser disuelta.

Reelección

El dictamen dispone además que los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.

Asimismo, precisa que para ser elegido senador se requiere ser peruano de nacimiento, tener 45 o haber sido congresista o diputado, y gozar del derecho de sufragio, lo que permitirá que los actuales congresistas puedan postular para senadores en las elecciones de 2026.

Para ser elegido diputado se requiere ser peruano de nacimiento, tener 25 años  y gozar del derecho de sufragio.

Doble candidatura

Se precisa también que los candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República, podrán postular además en simultáneo para ser diputados o senadores. Actualmente, la norma solo permite que los candidatos a vicepresidentes postulen al Parlamento.

(FIN) FHG/CVC
JRA

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Publicado: 7/3/2024