El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que los colegios privados pueden determinar la indumentaria que los alumnos deben usar, pero eso no debe significar desconocer los derechos a la identidad, desarrollo a la libre personalidad ni tampoco encubrir actos de desigualdad o discriminación.
La institución señaló que, caso contrario, los órganos resolutivos del Indecopi, podrían iniciar un procedimiento sancionador e imponer multas de hasta 450 UIT.
¿Cuándo se comunican estas disposiciones?
Las disposiciones respecto al correcto funcionamiento y conducción del servicio educativo, como la exigencia del uso del uniforme o la prohibición del uso de accesorios, deberán estar contenidas y ser debidamente informadas a los alumnos y padres de familia y/o apoderados a través del reglamento interno de los colegios.
Este reglamento deberá ser comunicado en un plazo no menor de 30 días calendario antes de iniciarse el proceso de matrícula de cada año lectivo, de acuerdo con la Ley de los Centros Educativos Privados (Ley N°26549).
¿Cómo presentar un reclamo ante el Indecopi?
En caso el padre de familia o tutor no haya sido informado sobre el reglamento o detecte que las medidas que impone el colegio atentan contra los derechos de los fundamentales del estudiante o que se trata de un presunto acto de discriminación, puede presentar su reclamo al colegio mediante su Libro de Reclamaciones para promover una solución directa.
El colegio tiene un plazo de 15 días hábiles improrrogables para dar una respuesta al reclamante.
En caso no cumpliera con dar una respuesta; o, pese a la misma, el inconveniente o hecho reclamado persiste, puede recurrir al Indecopi mediante los siguientes canales de atención: correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe , Reclama Virtual, Líneas telefónicas: 224-7777 (Lima) y 0800-4-4040 (provincias).
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(FIN) DOP/RES
Publicado: 26/2/2024