El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), aprobó la séptima convocatoria del año para el otorgamiento de 180 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, ubicadas dentro de la zona declarada en Estado de Emergencia.
Mediante Resolución Ministerial N° 371-2022, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el valor del BAE es de 500 soles y se otorgará con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en las regiones de Amazonas, Ayacucho o Piura, según corresponda.
Los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial, podrán presentar los siguientes documentos con la firma del rdel grupo familiar:
i) Solicitud de otorgamiento del BAE.
ii) La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen que le corresponde (Amazonas, Ayacucho o Piura).
iii) El contrato de arrendamiento de la vivienda suscrito con el arrendador de la vivienda con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
iv) De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.
La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) verificará que las viviendas a ser arrendadas, que se consignan en las solicitudes de otorgamiento del BAE, no estén validadas como colapsadas o inhabitables y remite la relación final de los potenciales beneficiarios del BAE al Fondo Mivivienda en el plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir del vencimiento del plazo máximo otorgado a las municipalidades.
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(FIN) VLA
Publicado: 17/12/2022