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Aprueban planes destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía

También se considera la energización rural

ANDINA/archivo

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07:50 | Lima, feb. 22.

El Ministerio de Energía y Minas aprobó hoy el Programa Anual de Promociones 2021, que contiene los planes destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural.

Para ello publicó hoy la Resolución Ministerial N° 037-2021-Minem/Dm, en la que precisa los criterios para la determinación de beneficiarios, conceptos y montos para la aplicación del mecanismo de promoción. 

Para efectos de los programas de promoción de nuevos suministros residenciales en el área de las concesiones de distribución de gas natural por red de ductos de Lima, Callao e Ica, contemplados dentro del Programa Anual de Promociones 2021, se mantendrán vigentes los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna establecidos por el Osinergmin para el Programa Anual de Promociones 2020.  

Ello, hasta que dicho organismo establezca los precios máximos correspondientes para el Programa Anual de Promociones 2021.  


Plazo  

Precisa que en el plazo máximo de 45 días calendario, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, el Osinergmin establecerá los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna que serán cubiertos por el FISE. Para ello utilizará los estudios que correspondan. 

Entre los considerandos de este dispositivo figuran los objetivos de la Ley del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), en la que se establece sus principales fines: 

i) la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares;  

ii) la compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética;  

iii) la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales;  

iv) la compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a la ley de la materia; y  

v) la implementación del mecanismo de promoción contenido en el Decreto Supremo N° 040- 2008-EM, dirigido a las poblaciones de menores recursos. 



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(FIN) SDD/SDD


Publicado: 22/2/2021